Diputación revisa las cuantías y plazos
para fraccionar o aplazar el pago de deudas
a tenor de la
“difícil situación económica”
Reduce el límite de
los débitos que pueden solicitar estas medidas – con carácter general
desde los 100 euros- y amplía el periodo de pago,
en algunos supuestos, hasta los 36 meses
El 18 de febrero Diputación
suscribía convenios con 9 ayuntamientos, en materia tributaria,
con un doble objetivo: garantizar pagos mensuales a dichas entidades para
asegurarles liquidez, mediante anticipos determinados en base a los ingresos
fiscales estimados, así como acordar el pago de la deuda de dichos municipios
en 36 meses. Las motivaciones para alcanzar esos acuerdos –las limitaciones que
impone la crisis- tienen ahora su traslación a los contribuyentes de los 40 municipios gaditanos que tienen
encomendada la gestión de sus tributos al Servicio
Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria. En concreto, y a través de
un decreto suscrito por el presidente de Diputación, José Loaiza, se reducen las cuantías para acceder a un aplazamiento
o fraccionamiento de deudas tributarias, se amplían los plazos de pago de estos
débitos, se agiliza el procedimiento de concesión y se elevan los supuestos
para eximir la presentación de garantías.
Esta revisión entra en vigor en el
actual ejercicio 2013 a
tenor de la “difícil situación económica” que dificultaba cumplir con los
requisitos que establecía la Ordenanza Fiscal General
de Gestión, Recaudación e Inspección de Diputación. Loaiza ha utilizado una
de las facultades que la propia ordenanza le confiere –en su artículo 68- para
establecer estas modificaciones, conforme a las nuevas condiciones planteadas
por el Servicio que dirige el diputado provincial Juan
Antonio Liaño.
Para este año los contribuyentes con deudas entre 100 y 1000 euros podrán aplazar su
pago hasta un periodo máximo de seis meses. Antes de la revisión efectuada
por Loaiza la cuantía mínima para solicitar el aplazamiento se fijaba en 1.500
euros. Con la nueva modificación las deudas entre 1001 y 2500 euros se podrán
aplazar o fraccionar hasta un plazo máximo de 18 meses (para el mismo periodo
de tiempo, con la anterior redacción de la ordenanza, se situaban las deudas
entre 1500 y 6000 euros).
Los débitos por importe de 2501 a 6000 euros podrán
aplazarse o fraccionarse hasta un máximo de 24 meses (antes ese plazo sólo
podía solicitarse para deudas superiores a 6.000 euros). Si el importe adeudado excede de 6001 euros la devolución se extenderá
hasta 36 meses; un plazo totalmente novedoso que busca facilitar las
obligaciones fiscales y evitar las consecuencias más onerosas de su
incumplimiento.
Además, “en casos muy cualificados y
excepcionales” se concederán aplazamientos de deudas cuyo importe sea inferior
a 100 euros, así como plazos de devolución superiores a los anteriormente
citados. Estas situaciones excepcionales, antes de la revisión, sólo
consideraban para deudas inferiores a los 1500 euros. Los aplazamientos o pagos
fraccionados quedan excluidos para deudas por sanciones de tráfico en periodo
voluntario de cobro.
La revisión de la norma confiere
mayor agilidad en la resolución de las solicitudes que se presenten. Antes de
la modificación autorizada por Loaiza toda solicitud para aplazar o fraccionar
el pago de una deuda superior a los 6500 euros, o que reclamase una devolución
en 24 meses, exigía para su concesión un informe favorable de la dirección del
Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria; ahora, las peticiones
referidas a débitos de hasta 18.000 euros, y amortizadas hasta 36 meses, se podrán
conceder por parte de la Jefatura de
Unidad. Con esta decisión se agiliza el plazo de las resoluciones y se
aprovecha la capacidad descentralizada de un servicio con oficinas en más de 30
municipios de la provincia de Cádiz.
El decreto firmado por Loaiza
también amplía los supuestos en los que se exime la presentación de garantías.
Con carácter general no se exigirán avales para débitos inferiores a los 18.000
euros, cuyo plazo de pago no supere los 36 meses. Antes de la revisión sólo
quedaban exoneradas las deudas inferiores a 3000 euros y con plazo de
devolución máximo de un año.
No hay comentarios:
Publicar un comentario