FARMACIAS DE GUARDIA EN LA PROVINCIA DE CÁDÍZ

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CALENDARIO

lunes, 10 de julio de 2017

LUNA LLENA EN BORNOS . FOTOGRAFÍAS ROCÍO SIERRA



ARCOS MARAVILLA DE CIUDAD


PROGRAMA FIESTAS DEL CARMEN EN GRAZALEMA 2017


RUTA SENDERISTA NOCTURNA PASEO DE LOS EUCALIPTOS EN BORNOS

RUTA SENDERISTA NOCTURNA PASEO DE LOS EUCALIPTOS EN BORNOS


El pasado viernes tuvo lugar la Ruta Senderista nocturna un paseo por los eucaliptos.

Un grupo de unas treinta personas, procedentes de varias puntos de la provincia de Cádiz, disfrutaron de un interesante paseo nocturno por la zona de los Eucaliptos.


La ruta comenzó en el recinto ferial. Las aguas del pantano, antiguos molinos del siglo XVI y la Vía Verde a su paso por Bornos fueron algunas de las bellezas que se presentaron a los caminantes, a los que acompañó la luna llena y una agradable temperatura.


Esta actividad está enmarcada dentro del Programa de actividades "Un verano al fresquito" puesto en marcha por el Ayuntamiento de Bornos, y ofrece a los vecinos actividades variadas, lúdicas y de entretenimiento para ocupar los largos días de verano.

Las personas que no hayan podido disfrutar de esta ruta tienen la oportunidad de hacerlo el próximo 21 de julio, 4 de agosto y 16 de agosto, que habrá nuevas rutas senderistas. 



SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES ACOGIDAS AL PROGRAMA DE ADECUACION FUNCIONAL BASICA DE VIVIENDAS DEL PLAN DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA 2016-2020



Las subvenciones acogidas a este programa tienen por objeto la financiación las obras y, en su caso, las asistencias técnicas necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan residencia habitual y permanente.

Requisitos:

1).- Cumplir alguna de las siguientes condiciones:

– Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta sesenta y cinco o haberla solicitado antes de la presentación de la solicitud
– Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, el 40% y movilidad reducida.
– Tener reconocido un Grado de gran dependencia (Grado III).
2).- Que los ingresos de la unidad familiar del solicitante no superen 2,5 veces el IPREM de 2.016, que asciende a 18.637,85 €, (se incrementará dependiendo del número de miembros de la unidad familiar y del grupo de especial protección al que pertenezca). Se considera unidad familiar la constituida por la persona solicitante y en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrito u otra, relación análoga debidamente acreditada y los hijos menores de 18 años o mayores que dependan legalmente de los padres.

3).- Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación.

4).- No haber obtenido otra ayuda de AFA (Ayuda a Familias Andaluzas)  durante los 3 años anteriores a la solicitud.

5).- No haber iniciado las obras solicitadas antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Con carácter general:
Los requisitos 1); 2) y 3) deben mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta la fecha final de justificación del pago.

En cada convocatoria, solo se concederá una ayuda por vivienda. Si existen varias solicitudes diferentes sobre una misma vivienda, se concederá a la persona solicitante que obtenga más puntos.






CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1.- Serán subvencionables el coste de las obras que contemplen alguna de las siguientes actuaciones:
a).- En baños, sustitución de bañera por placa ducha o ducha de suelo continuo; instalación de suelos antideslizantes; instalación de apoyos y asideros así como adecuación de los sanitarios y griferías a las necesidades de la persona solicitante.
b).- Adecuación de anchos de puertas así como eliminación de otras barreras arquitectónicas.
c).- Colocación de pasamanos en pasillos.
d).- Adaptación de la instalación eléctrica de la vivienda a la normativa vigente.
e).- Instalación de alumbrado conmutado en espacios de la vivienda.
f).- Adecuación de la instalación de gas de la vivienda a la normativa vigente.
g).- Cualesquiera otras obras que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades del solicitante.
2.- Serán subvencionables el coste de la asistencia técnica que fuese preceptiva.
Se entenderá como preceptiva cuando, para otorgar la correspondiente licencia de obras, el Ayuntamiento requiera de proyecto técnico o documento suscrito por técnico competente, así como la dirección facultativa de los trabajos.
Las actuaciones tendrán una cuantía subvencionable equivalente al 70% del coste total del presupuesto protegible. Este presupuesto protegible tendrá un límite y máximo 2.000 €.
(Por lo tanto la cuantía máxima subvencionable asciende a 1.400 €)
Solo en el caso en el que fuese preceptiva la asistencia técnica, el presupuesto protegible se podrá ampliar a con un límite de 600 €. (Por tanto el presupuesto protegible máximo ascendería a 2.600 €; siendo la cuantía máxima subvencionable de 1.820 €).
Presupuesto Protegible: Es la suma del presupuesto de las obras, licencias, permisos y tasas; incluido el IVA (PEM + GG + BI + IVA + Licencias y/o tasas).
Si además fuese preceptivo, se sumará el presupuesto de asistencia técnica, IVA incluido.

PRESENTACION DE SOLICITUDES:
El plazo para la presentación de las solicitudes será del 28 de junio al 27 de julio de 2.017.

Lugar de presentación:
Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios. Paseo de Andalucía s/n.
Oficina del Barrio Bajo.
Oficina de Jédula.
Horario: 10 a 13 h de lunes a jueves.

Delegación de Fomento. Edificio Emprendedores.
Horario: 10 a 13 h de lunes a viernes.
También se podrá  presentar a través del formulario de la Consejería de Fomento y Vivienda (www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda) y en las sedes Territoriales de Fomento y Vivienda.
Una vez se hagan públicas los listados  de beneficiarios provisionales  y suplentes, se concederá un plazo de 10 días para presenta el modelo anexo II donde se podrá alegar lo que estime pertinente y aceptar la subvención propuesta y autorización correspondiente y consentir o no la verificación de la documentación de todos los miembros de la unidad de convivencia por parte de la Consejería de Fomento y Vivienda, en caso de no verificación habrá que  presentar la siguiente documentación.
a).- NIF/NIE del solicitante, o autorización a la administración para su consulta. En el supuesto que la solicitud la suscriba un representante legal de la persona interesada, NIF/NIE del representante legal o autorización a la administración para su consulta así como documentación acreditativa de la representación o apoderamiento del solicitante.
b).- Para personas mayores de 65 años: la Tarjeta Andalucía-Junta Sesenta y cinco a nombre del solicitante o copia de la solicitud presentada para su expedición, o autorización a la administración para su consulta.
c).- Para personas con grado de discapacidad de al menos un 40% y movilidad reducida: certificado acreditativo del grado de discapacidad reconocida y certificado relativo a la existencia de dificultades de movilidad o autorización a la administración para su consulta. Si se dispone de tarjetas de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida en Andalucía, esta puede sustituir al certificado relativo a la existencia de dificultades de movilidad.
d).- Para personas en situación de dependencia Grado III: Resolución que acredite su situación de dependencia o autorización a la administración para su consulta.
e).- Certificado del Padrón municipal del solicitante, acreditando de que la vivienda para la que se pretende la subvención constituye residencia habitual y permanente del mismo, o autorización a la administración para su consulta.
f).- Para determinar los ingresos familiares: NIF/NIE y documentación acreditativa de los ingresos de los miembros de la unidad familiar del año 2.016, o autorización a la administración para su consulta.
g).- En el caso de haberse puntuado en el Anexo I por reconocimiento del Grado II de dependencia y, además, con grado de discapacidad de al menos, el 40% y movilidad reducida; el reconocimiento del grado de dependencia se acreditará mediante la presentación de la correspondiente Resolución que acredita la situación de dependencia, o autorización a la administración para su consulta.
h).- En el caso de haberse puntuado en el Anexo I como situaciones específicas de la unidad de convivencia, los miembros de esa unidad de convivencia (distintos al solicitante) deben aportar documentación acreditativa de las situaciones especiales sobre las que se puntúan y certificado del padrón municipal, o autorización a la administración para sus consultas.
i).- En el caso de solicitante víctima del terrorismo (a efectos de priorizar en caso de desempate) documentación acreditativa de encontrarse en ese supuesto, o autorización a la administración para solicitar al órgano competente la remisión de la documentación.


NOTA:

Los documentos deben ser copias auténticas o copias autentificadas (Originales o copias compulsadas).
La factura debe coincidir con las partidas presupuestadas, si disminuye el importe económico, se reintegrará la parte proporcional de lo no ejecutado. Y si disminuye el importe económico motivado por la ejecución de otras partidas distintas a las presupuestadas y que impliquen menor puntuación de la obtenida en el listado definitivo, se reintegrará la totalidad de la subvención concedida.


ACTIVIDAD DE VERANO EN BORNOS



ÁLBUM FOTOGRÁFICO RECUERDOS DE MANUEL TÉLLEZ GARCÍA

https://goo.gl/photos/szvpv7ZTp9ts5tbB7


CURSO DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS DE MAYOR RIESGO EN ARCOS DE LA FRONTERA


NUEVO DÍA

Paula, una joven de escasos 12 años, visitaba por primera vez al optómetra , el cual le diagnosticó miopía en ambos ojos.
- Sientes que no puedes ver bien de lejos, Paula. – dijo el doctor.
- Sí, se me dificulta mucho hacerlo.- afirmó Paula
- Te sientes muy mal por esto, verdad ?- dijo el doctor
- Sí, lo que más me afecta es que no puedo distinguir a cierta distancia el rostro de algunas personas, ni observar de lejos el amanecer, las cosas se me vuelven cada vez más borrosas, y todo a mi alrededor parece tan confuso – afirmó Paula, triste y preocupada por lo que le ocurría.
- Bueno, para esto hay solución, te formularé unos lentes de acuerdo a tu problema, para que los utilices permanentemente, y esto te ayudará a ver mejor.
Pasados unos días, Paula, volvió nuevamente donde el doctor para reclamar sus lentes nuevos, y al colocárselos miró sorprendida por la ventana de aquel consultorio.
- Oh, qué maravilloso!, por fin puedo ver !
El doctor orgulloso por la labor cumplida, le pregunto:
- Qué observas Paula ?
- Veo todas las cosas como son realmente, puedo distinguir el rostro de las personas, veo los bellos colores de las flores, puedo leer a largas distancias, pero lo que más me gusta es que puedo ver más claro mi horizonte y ya no es confuso como antes.
Así como Paula habemos muchos que tenemos enfermos los ojos del alma, del corazón, tal vez con el mismo diagnostico de la "miopía espiritual", la cual nos ciega, y no nos permite ver mas allá de nuestros problemas y dificultades.
Por eso, el mejor médico del alma es Dios, que con su amor y su paciencia, nos da la bendición de su espíritu y una nueva forma de ver las cosas.
Si tu horizonte lo ves opaco por las desesperanzas ocurridas, si las personas te defraudan porque no puedes distinguir sus verdaderas intenciones, si pareciera que no vieras el peligro que hay a tu alrededor, si todo es tan confuso, si no miras el futuro con optimismo y tenacidad, si no sabes quién eres ó cuánto vales y por eso no distingues la luz que hay dentro de ti, por lo borroso que están tus ojos de llorar y de sufrir por los fracasos, entrega tu vida a Jesús , el mejor médico que puede darle "lentes a tu alma"
Autor : Julie Pauline Escorcia, Colombia