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jueves, 24 de octubre de 2013

Un Juzgado de Vitoria desestima la reclamación de cantidad efectuada a un consumidor por una empresa de venta a distancia de aparatos de magnetoterapia porque el producto vendido es ineficaz

Un Juzgado de Vitoria desestima la reclamación de cantidad efectuada a un consumidor por una empresa de venta a distancia de aparatos de magnetoterapia porque el producto vendido es ineficaz

La Unión de Consumidores informa sobre el contenido de la Sentencia de fecha 22 de octubre de 2013 dictada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria en un proceso judicial en que el vendedor reclamaba al comprador el pago del precio de un aparato para el dolor denominado “Biomag Mondoo.”

Andalucía, 23 de octubre de 2013. El proceso judicial, que fue visto por el Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria y en el que el comprador demandado fue defendido por los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores de Euskadi, fue instado por la empresa “Línea Gratuita contra el Dolor, S.L.” contra un consumidor a quien reclamó judicialmente el pago del precio de un aparato de magnetoterapia vendido a domicilio en junio de 2011 por un total de 2.183,00 €.

En la Sentencia, que es firme, el Juez considera que las bondades que la empresa predica del producto, en el caso concreto enjuiciado, son inexistentes, y que, encontrándonos ante un producto que atenúa o palia el dolor, el reconocimiento al consumidor final de un derecho a desistir de la compra durante un plazo de siete días, resulta abusivo e insuficiente porque en ese tiempo no está acreditado que el artículo vendido produzca los efectos paliativos, curativos o terapéuticos beneficiosos para la salud que el vendedor anuncia.
   
Además, el Juez crítica la actuación de la empresa vendedora porque ofrece una máquina cuasi milagrosa para atenuar o elimina dolores y cuyo precio es alto (casi 2.500,00 €) sin que exista ningún tipo de acreditación sobre sus beneficios y sin que las especificaciones sobre su utilización sean dadas al comprador por un facultativo o persona con conocimientos médico-sanitarios.

La Unión de Consumidores de Andalucía valora muy positivamente esta Sentencia por cuanto supone una clara protección judicial de los derechos de los consumidores y felicita a los compañeros del País Vasco por este reconocimiento a su trabajo en beneficio de los consumidores y usuarios.

Igualmente, proponemos a los consumidores y usuarios hacer valer sus derechos en este sentido, poniendo a disposición de ellos los diferentes gabinetes jurídicos de UCA en todas las provincias de nuestra Comunidad para obtener resultados similares a lo que ha ocurrido en Vitoria.


Para más información:
Miguel A. Ruiz: 671 04 86 25

Vicepresidente

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