asegurando a sus propietarios contra desperfectos e impagos
Estas medidas de incentivo para
personas físicas complementan a las sanciones de hasta 9.000 euros a personas
jurídicas (bancos e inmobiliarias, fundamentalmente) por tener viviendas vacías
recogidas en la Ley
para Asegurar la Función Social
de la Vivienda.
“En Andalucía hay más de 700.00 viviendas vacías mientras continúa la lacra de
los desahucios. La Ley
de Función Social de la
Vivienda persigue que este inmenso stock de vivienda
deshabitada salga en alquiler asequible”, ha señalado Elena Cortés, consejera
de Fomento y Vivienda.
Con
el fin de incentivar el alquiler, la orden, que se enmarca en las medidas
contempladas en la Ley
aprobada el pasado 25 de septiembre en el Parlamento, establece una serie de
beneficios para los propietarios en forma de pólizas de seguro de impago de
renta de alquiler, defensa jurídica y multirriesgo del hogar, así como la regulación
de incentivos para los titulares de las viviendas. Todo ello quedará registrado
en un portal informático que aglutinará toda la información al respecto. “Queremos
aportar seguridad y certidumbre para que los propietarios se decidan a alquilar
sus viviendas”, ha señalado Cortés, que ha recordado que “Andalucía apenas
alcanza la media europea en materia de arrendamiento”. “Desde la Consejería pretendemos
modificar esa realidad lesiva para el ejercicio del derecho a la vivienda”, ha
añadido la consejera, que ha recordado que el futuro Plan de Vivienda y
Rehabilitación incidirá precisamente en la promoción del arrendamiento y de la
rehabilitación para “un cambio profundo de las políticas de vivienda” en la
autonomía.
En
el caso del PIMA, la persona interesada en beneficiarse de las medidas promovidas
por la Consejería
deberá registrar la propiedad siempre que la casa esté deshabitada, disponga de
referencia catastral y se oferte por una renta inicial de alquiler no superior
a 7.200 euros al año. La vivienda deberá contar con el certificado de
eficiencia energética que establece el Real Decreto 235/2013; en caso
contrario, la Consejería
asumirá la emisión de dicho certificado. No podrán incluirse las viviendas
protegidas calificadas para alquiler.
En
cuanto a las condiciones de los inquilinos, los demandantes procederán del
Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida siempre que
soliciten expresamente su inclusión en el PIMA. Una vez les sea asignada una
vivienda, se les dará de baja del programa, si bien seguirán formando parte del
Registro. La Consejería
de Fomento y Vivienda elimina los costes de intermediación para los
arrendatarios.
Para
facilitar que las viviendas entren en el mercado del alquiler, la Consejería de Fomento y
Vivienda regula además en esta orden la figura de los agentes colaboradores de la Junta de Andalucía, que deberán
suscribir un convenio con la
Administración andaluza y estar debidamente homologados. Su
función será la de difundir el PIMA, captar viviendas para alquiler, solicitar
su inclusión en el Programa, ofrecer y mostrar inmuebles, proponer la
asignación de demandantes, formalizar los contratos de alquiler y gestionar las
pólizas de seguro. Podrán recibir, como máximo, una mensualidad del alquiler
correspondiente al contrato de la vivienda, que aportará el arrendador, nunca
al inquilino.
Familias
con escasos recursos
La
orden también regula el nuevo Programa de Cesión de Viviendas a Entes Públicos
para el Alquiler, cuyo objetivo es captar inmuebles deshabitados para incrementar
el parque público de viviendas en arrendamiento a personas con escasos recursos
económicos, especialmente para aquellas familias que se encuentren en situación
de emergencia o riesgo de exclusión social.
La
cesión por parte del propietario se llevará a cabo a través de un contrato o
convenio, donde se pactarán los términos en que se desarrollará la gestión del
inmueble, su mantenimiento, conservación y reparación de desperfectos, plazo,
así como aseguramiento del cobro de la renta, en su caso. Las personas que
cedan sus viviendas podrán recibir como contraprestación, como máximo, 5.760
euros anuales.
Pólizas
de seguro e incentivos
Con
el fin de fomentar el alquiler de las viviendas inscritas en el PIMA, la Consejería que dirige
Elena Cortés concertará pólizas de seguros de impago de la renta y de defensa
jurídica, así como multirriesgo del hogar destinado a los arrendadores. En el
caso de las pólizas por impago éstas se podrán solicitar en el momento de
suscripción del contrato y asegurarán durante un año, prorrogable a otro más,
el posible impago de la renta de hasta nueve mensualidades. Este seguro también
incluye la defensa jurídica.
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