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miércoles, 11 de noviembre de 2015

MEDIO AMBIENTE INFORMA A LOS SUPERMERCADOS SOBRE LA GESTIÓN DE SUS RESIDUOS


MEDIO AMBIENTE INFORMA A LOS SUPERMERCADOS SOBRE LA GESTIÓN DE SUS RESIDUOS

Se les recuerda la obligación de meter los restos de carne y pescado en bolsas cerradas

El delegado de Medio Ambiente, Diego Carrera, ha enviado cartas a los distintos supermercados de la ciudad, recordándoles el correcto uso de los contenedores de residuos sólidos urbanos ubicados junto a cada negocio, haciendo especial hincapié en que la carne y el pescado procedente de su actividad, deben ser gestionados adecuadamente.
A tal efecto, se les recuerda que está prohibido arrojar restos de carne y pescado a los contenedores sin introducirlos en bolsas bien cerradas, además de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza de Gestión de Residuos Urbanos, publicada en BOP de Cádiz nº 99 de 2 de mayo de 2002, concretamente a lo expuesto en la SECCIÓN TERCERA: DEL TRATAMIENTO Y GESTIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS URBANOS en su ART. 17, que dice textualmente:
“Queda prohibido cualquier abandono de residuos, entendiendo por tal todo acto que tenga por resultado dejar incontroladamente materiales residuales en el entorno o medio físico. El servicio de recogida podrá recoger los residuos abandonados y gestionarlos, imputando el coste de estas operaciones a los responsables, sin perjuicio de la sanción que corresponda ni de la exigencia de las responsabilidades civiles y penales que procedan”.
En el escrito remitido, se informa, además, de las infracciones que pueden acarrear los supuestos incumplimientos: según el art. 61 de la citada Ordenanza, éstas pueden ser leves, graves o muy graves; multándose, según el art. 63, con cuantías que van desde 600 euros las infracciones leves, de 601 a 6.000 euros las infracciones graves, y de 6.001 a 90.000 euros las infracciones muy graves.

Carrera pide a estos establecimientos “encarecidamente su colaboración para que la gestión de los residuos antes mencionados, sea la correcta y este Ayuntamiento no se vea obligado a levantar el consecuente expediente sancionador, con sus correspondientes multas”.


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