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martes, 30 de diciembre de 2014

La Junta recomienda a las personas consumidoras que conserven las entradas y folletos publicitarios si acuden a fiestas o cotillones

La Junta recomienda a las personas consumidoras que conserven las entradas y folletos publicitarios si acuden a fiestas o cotillones



La Secretaría General de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales recomienda a las personas consumidoras que conserven tanto la entrada como los folletos publicitarios si acuden a fiestas o cotillones durante estas fechas navideñas. Estos son dos de los consejos básicos que la Junta de Andalucía quiere trasladar a la ciudadanía con motivo de las numerosas fiestas que se desarrollan durante el periodo navideño en locales públicos, y que se concentran fundamentalmente en Fin de Año.

La conservación de ambos documentos es primordial ya que son vinculantes y forman parte del contrato, la publicidad realizada en este tipo de eventos puede ser alegada para posibles reclamaciones. Además, las personas que asistan a estos eventos organizados deben saber que las entradas debe incluir información suficiente para identificar al responsable de la prestación del servicio, a través del CIF o el domicilio social, por ejemplo. Además, en dicha entrada debe especificarse de forma clara el precio final y completo, incluyendo cualquier tipo de impuesto, cargas o importes por servicios accesorios. Así por ejemplo, al adquirir la entrada, se recomienda si se incluye la barra libre o sólo da derecho a determinado número de consumiciones, el servicio de guardarropa, etc.
Respecto de los horarios, se aconseja a las personas consumidoras que se informen sobre los mismos para conocer exactamente hasta cuándo se prolongará dicha fiesta.

Las personas consumidoras que acudan a este tipo de eventos deben saber que, previa la celebración de los mismos, la empresa organizadora ha debido realizar la oportuna comunicación o declaración responsable de la actividad o solicitar autorización, según los casos, a la autoridad competente. Toda fiesta de este tipo que no cuente con dichos requisitos es ilegal y puede poner en riesgo la seguridad de las personas.

En caso de que se produzca cualquier incidencia o disconformidad con el servicio recibido, la persona consumidora tiene derecho a que el establecimiento le facilite la hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía. Si los organizadores no cumplen con dicha obligación, puede denunciarse esta circunstancia ante las autoridades municipales a través de la Policía Local, así como ante la Junta de Andalucía, mediante sus servicios de Consumo.

Comparar precios y servicios

Igualmente, la Secretaría General de Consumo aconseja a las personas que quieran acudir a una de estas fiestas que se informen con cierta antelación y comparen precios, prestaciones y calidad de los servicios para decidir cuál es la mejor opción. Igualmente, hay que desconfiar de la reventa en la calle, ya que se trata de una actividad ilegal.

La Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales pone a disposición de la ciudadanía el Teléfono de Información de la Persona Consumidora --900 21 50 80-- en el que pueden realizar cualquier consulta relacionada con el consumo y los derechos que asisten a las personas en su faceta como usuarios. Asimismo, en la página Web http://www.consumoresponde.es, se pueden encontrar contenidos informativos sobre consumo y los derechos de las personas consumidoras y usuarias.

Por último, la Junta recomienda el consumo responsable de alcohol y no conducir si se ha consumido. Asimismo, recuerda que está prohibida la venta de alcohol a las personas menores de 18 años.


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