UCA-UCE cree que la nueva Ley del Consejo Andaluz de
Concertación Local puede propiciar mayores
niveles de consenso y colaboración entre administraciones.
Andalucía, a 18 de noviembre de 2014. Hoy a las
13:20 ha tenido lugar la comparecencia del presidente de la Unión de
Consumidores de Andalucía- UCA/UCE, Juan Moreno Rodríguez, ante la Comisión de
Administración Local y Relaciones Institucionales del Parlamento de Andalucía para expresar la opinión de la Unión
de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE respecto al Proyecto de Ley 9-14/PL-000005, cuyo objetivo es poner
orden y delimitar los ámbitos de dos consejos; el Consejo de Concertación Local y el Consejo
Andaluz de Gobiernos Locales.
El presidente de UCA-UCE ha manifestado la necesidad de buscar instrumentos de
cooperación eficaces para adecuar las funciones y organización del Consejo
Andaluz de Concertación Local como órgano de diálogo y colaboración
institucional. UCA-UCE entiende que hay que ser consecuentes con una de las previsiones contenidas en
el artículo 95 de nuestro Estatuto de Autonomía para Andalucía que mandata que
una Ley de la Comunidad Autónoma regule la creación, composición y funciones de
un órgano mixto, con representación de la Junta de Andalucía y de los
Ayuntamientos andaluces, que funcione
como órgano permanente de diálogo y colaboración institucional y que debe ser
consultado en la tramitación parlamentaria de las disposiciones legislativas y
planes que afecten específicamente a las corporaciones locales.
Juan Moreno ha
expresado ante la Comisión que UCA-UCE estima que la previsión relativa a que la consulta al Consejo Andaluz de
Concertación Local sea preceptiva y obligatoria en los casos establecidos, o en
otras disposiciones de igual rango, si bien ha solicitado más concreción y
claridad respecto a las temáticas y situaciones en las que tal concertación
debiera ser obligatoria entre ambas administraciones. Al respecto, ha señalado que
se echa en falta algunas previsiones relativas a la racionalización de las
estructuras municipales, los procesos de fusión de municipios o la gestión y
coordinación de servicios para varios municipios. Asimismo, ha señalado que a UCA-UCE le generaba dudas que
el proyecto de Ley hablara de la integración en dicho Consejo de “la persona
titular de la Presidencia de la asociación de municipios y provincias de
carácter autonómica de mayor implantación en Andalucía”, por si con ello se estuviera previendo un escenario de posible
atomización de este tipo de asociaciones en Andalucía, posibilidad que UCA-UCE entiende
como inaceptable.
En relación al artículo relativo a la previsión de una Comisión
Permanente para ese Consejo Andaluz de Concertación Local, Moreno ha querido
dejar constancia del posible riesgo de no delimitar convenientemente sus funciones y las motivaciones de sus
reuniones, aspecto fundamentales para su correcto funcionamiento y eficacia.
Por último, y en relación al artículo 10 (referente a las
“Comisiones de estudio”) y a la previsión contemplada en el apartado 2 que
establece que “por acuerdo del Consejo Andaluz de Concertación Local, en
función de su ámbito, a ellas podrán asistir personas expertas que se estime
conveniente convocar para que asesoren sobre las materias objeto de estudio y
le eleven sus propuestas”, desde UCA-UCE se echaba en falta una alusión expresa
a la conveniente y posible participación de los agentes económicos y sociales
de relevancia constitucional y estatutaria, lo que permitiría, por ejemplo, que
en determinadas cuestiones pudieran participar organizaciones como las que
representamos en el movimiento de personas consumidoras.
Para más información:
Miguel A. Ruiz: 671 04
86 25
Vicepresidente
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