El
importe lo otorga la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la
Junta de Andalucía.
El Ayuntamiento de
Arcos de la Frontera participa en el Programa de Ayudas de Suministros Vitales
y Prestaciones de Urgencia Social, con una subvención otorgada de 27.800 euros,
según Orden de 24 de abril de 2.106, por la que se hace pública la relación de
Ayuntamientos participantes. Estas ayudas están incluidas dentro de las medidas
extraordinarias y urgentes para la
Inclusión Social en Andalucía que la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de
Andalucía, puso en marcha en colaboración con el Ayuntamiento de Arcos de la
Frontera, según prórroga del Decreto-Ley 8/2014 de 10 de junio.
Las ayudas van destinadas a sufragar gastos de
suministros vitales y otras prestaciones de urgencia social.
Se consideran gastos de suministros vitales los
siguientes:
- Gastos de
energía eléctrica.
- Gastos
derivados del suministro de agua, alcantarillado y basura.
Se consideran
gastos a cubrir mediante prestaciones de urgencia social los siguientes: gastos
de alquiler, siempre que su impago redunde en un desalojo; alojamiento en
situaciones de necesidad en albergues o establecimientos de hostelería; y gasto
de reparaciones urgentes y básicas de las viviendas.
Se ha realizado una primera entrega que asciende a 11.053,84 €, repartida de la
siguiente manera:
Dentro de los suministros vitales:
- 4 ayudas
para suministros de Energía Eléctrica
Respecto de las prestaciones de urgencia social:
- 4 ayudas
para reparación básica de la vivienda
- 8 ayudas
para gastos de alquiler
Los beneficiarios/as han sido seleccionadas por los
Técnicos de Servicios Sociales.
Los requisitos que cumplen son:
- Estar empadronados en Arcos de la Frontera como mínimo desde
hace 6 meses. (Excepcionalmente, no se tendrá en cuenta este requisito si
así lo acuerdan los Servicios Sociales Comunitarios, cuando se trate de
transeúntes, inmigrantes, emigrantes retornados u otros).
- No disponer de recursos
económicos para afrontar los gastos de la ayuda solicitada.
- Que ningún miembro de la unidad familiar ha percibido otras
prestaciones para la misma finalidad de cualquier Administración Pública o
entidad Privada.
- Que no es propietario/a o
usufructuario/a de bienes inmuebles de naturaleza urbana o rústica,
excepto de la vivienda para la que he solicitado la ayuda.
Además, la persona beneficiaria de estas ayudas se
compromete a través de un Acuerdo Técnico a lo siguiente:
1.- Cumplir el acuerdo que ha firmado.
2.- Aplicar la ayuda a la finalidad para la que se le ha
otorgado.
3.- Comunicar a los Servicios Sociales Comunitarios cualquier
variación de sus circunstancias personales, familiares o económicas.
4.- Comparecer y colaborar con los Servicios Sociales cuando
sea requerido.
5.- Justificar la ayuda asignada a través de facturas o
cualquier otro documento que se estime oportuno por los Servicios Sociales
Comunitarios.
6.- Reintegrar aquellas cantidades indebidamente percibidas
o no aplicadas al fin que motivo su concesión.
Tanto el Alcalde, Isidoro Gambín, como el delegado del área,
Diego Carrera, han mostrado su satisfacción por el trabajo realizado desde los
Servicios Sociales, “para que las familias de Arcos no se vean afectadas por la
falta de luz y agua u otras situaciones graves”.
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