¡Ojo! con las ofertas y promociones para el Día de San
Valentín
AL-ANDALUS
ha detectado y denunciado ante la administración pública prácticas comerciales
engañosas, que en opinión de esta entidad contravienen a los derechos de las
personas consumidoras y usuarias.
El mes de febrero, y
sobre todo en los últimos tiempos, está marcado por el día comercial de “San
Valentín”. Una fecha instaurada para “celebrar” el amor y en la que cada vez
más, los medios de comunicación se hacen eco y nos inundan de ofertas y
promociones para regalar en este 14 de febrero. Pero ¡ojo!, muchas de estas
publicidades presentan deficiencia en la información, llegando a ser engañosa y
confusa, por lo que desde esta entidad se ha puesto en conocimiento de la
Administración Pública competente en materia de Consumo para que se estudien y
en su caso se tomen las medidas oportunas en pro de los derechos de las
personas consumidoras y usuarias.
Tras una labor de
análisis y seguimiento sobre publicidad dirigida a los consumidores, en defensa
y protección de sus legítimos intereses generales, realizada por parte del
gabinete jurídico de esta entidad, se ha observado, particularmente, que en empresas
dedicadas a la venta de cosméticos, joyas, spa, experiencias gastronómica,
perfumes,… con publicidad específica para celebrar el día de San Valentín, es
común usar la expresión “Oferta Válida hasta fin de existencias” o similar en
su publicidad, presentando finalmente denuncia de un total de 7 empresas.
Entendemos que esta
frase es engañosa, dado que el empresario debe disponer de existencias de los
productos para el periodo que dura la oferta publicitaria, y de no ser así, la
persona consumidora tiene derecho a que se le entregue el mismo producto u otro
similar sin demoras injustificadas.
Desde hace años,
AL-ANDALUS viene llamando la atención sobre este tipo de prácticas, puesto que
en la actualidad son muy frecuentes en el mercado, pero no por ello, deben ser
aceptadas por la ciudadanía o no denunciadas, en tanto que, bajo nuestro punto
de vista, contravienen los derechos e intereses económicos de los consumidores
y usuarios.
La cláusula en
cuestión, va en contra del principio general que debe presidir todo contrato,
el justo equilibrio entre las partes, puesto que hace depender la oferta de una
circunstancia no conocida de antemano por el consumidor (el agotamiento de las
existencias), quien no sabrá a ciencia cierta si realmente puede adquirir el
producto o no por haberse agotado, y
ante una eventual reclamación de dicho consumidor, el empresario podrá alegar
que la demanda ha superado las existencias del artículo.
No cabe duda, que la oferta
promocional debe tener un límite temporal que el comerciante puede fijar
libremente, pero aquella no debe acotarse hasta el agotamiento de existencias,
puesto que dicha limitación debe ser inequívoca o que no provoque dudas en el
consumidor.
Recomendaciones
En aras de seguir
unas pautas de consumo responsable, recordamos que no debemos sucumbir a los
mensajes publicitarios que nos quieren imponer el comprar y consumir el 14 de febrero. El amor
no tiene porqué demostrarse con un bien material, por lo que no debemos
sentirnos obligados a expresar nuestros sentimientos a través de un regalo. No
obstante, aquellas personas que deseen tener un detalle en esta fecha le
recodamos:
·
Si realizas la
compra a través de Internet no olvides informarte
sobre a quién se está comprando. Es decir, localizar datos de identificación de
la empresa: nombre o denominación social, dirección, teléfono, NIF, inscripción
en el registro mercantil… Estos deben aparecer obligatoriamente en la página
web y, ante la duda, evitar comprar en sitios donde no aparece una dirección
física o donde la única forma de contacto es a través de un móvil.
·
Antes de efectuar
la compra conoce las condiciones de
la misma, es decir, plazos de entrega, formas de pago, política de devolución,
características del producto o servicio,..
·
Exige y conserva siempre el tique de compra en el que figuren los datos del vendedor, el precio y
el IVA. Solicítalo siempre. Es un documento imprescindible ante posibles
devoluciones, y sobre todo, para poder tramitar cualquier reclamación.
·
Precaución con
los servicios de mensajería que nos
publicitan para mandar sms originales de felicitación a las parejas. Suelen
tener un coste elevado y una mala utilización o información sobre lo que estás
contratando puede derivar en la suscripción de un servicio SMS Premium no solicitado,
con su pertinente repercusión en el engorde de la factura de telefonía.
·
Ante cualquier
problema o incidencia, o si crees que tus derechos como consumidor se han visto
mermados, solicita la Hoja de
Quejas y Reclamaciones si crees
que algún establecimiento no ha respetado tus derechos como consumidor
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