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CALENDARIO

sábado, 2 de abril de 2022

BANDO SOBRE EL ENCIERRO DEL ALELUYA EN ARCOS DE LA FRONTERA

B   A   N   D   O

El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta Ciudad

HACE SABER:

 

Que próxima la festividad del Domingo de Resurrección, en la que tradicionalmente se celebra el festejo popular denominado ENCIERRO DEL ALELUYA, por el presente se hacen públicas las siguientes instrucciones que deberán observarse con la mayor exactitud por el vecindario y por cuantas personas nos visiten con tal ocasión.

 


I.- ENCIERRO  

1º) El encierro es un acto peligroso, y por ello, las medidas que se adoptan han de ser cumplidas con la mejor voluntad y espíritu cívico, y exigidas con todo rigor.

 

2º) El primer encierro tendrá lugar el sábado 16 de abril a las 20:00h desde la calle Corredera, y recorrerá las calles Gomeles, Alta y Corredera hasta la altura de la Plaza Poeta Julio Mariscal, previendo su finalización a las 21:00h.

        El segundo encierro se iniciará a las 12.00 horas del día 17 de abril, con salida desde la calle Gomeles, y el mismo recorrido que el anterior, teniendo prevista su finalización a las 13.00 horas.

        El tercer encierro comenzará a las 15.00 horas del día 17 de abril, con salida desde la calle Corredera, y mismo recorrido que los anteriores, teniendo prevista su finalización a las 16.00 horas.

    Las calles adyacentes a las del recorrido serán valladas para la protección de las personas y seguridad de la población en general.

 

3º) Todos los propietarios o inquilinos de los inmuebles que tienen fachadas con vistas a la carrera oficial serán personalmente responsables de la seguridad de sus balcones y azoteas, cuidando de que no sean ocupados por mayor número de personas de las convenientes en cada caso.

 

II.- PROHIBICIONES

1º) Situarse en las zonas y lugares del itinerario, haciendo caso omiso a las indicaciones de los Agentes de la Autoridad.

 

2º) Permanecer en el trayecto de la carrera en estado de embriaguez o de cualquier otra forma impropia de la fiesta.

 

3º) Torear y quebrar a las reses, para evitar que éstas resbalen y caigan, produciéndoles daños que las imposibiliten para continuar el festejo.

 

4º) Ocupar las vallas de protección del Personal del equipo de Protección y seguridad de las reses.

 

5º) Detenerse en el itinerario y quedarse en las vallas o portales de forma que se dificulte la carrera o defensa de los demás corredores.

 

6º) Agarrar, hostigar, colear, montar en las reses o maltratar de cualquier forma o medios, y dificultar o alterar el normal recorrido de las mismas.

      Se espera de los arcenses que esta prohibición sea cumplida con todo rigor, y que sean ellos los principales colaboradores del Equipo que ha sido nombrado para proteger el ganado que se corre, procurando evitar que por cualquier persona de la localidad o forastera se cause daño a las reses.

 

7º) Queda terminantemente prohibido arrojar en las calles botellas y otros recipientes que puedan ser el origen de caídas y daños, haciéndose responsables subsidiarios a los dueños de los establecimientos que las expendan para consumir su contenido fuera del local.

 

8º) Nadie está obligado a correr el encierro. Hacerlo, constituye indudablemente un riesgo, que los interesados se imponen libremente, por lo que el Ayuntamiento no se hace responsable de ninguna de las consecuencias de los accidentes que pudieran sufrir los participantes en el festejo. En ningún caso podrán participar en el festejo, menores de 16 años.

 

9º) Queda prohibido al público montarse e incluso acercarse a los vehículos que se utilizan en el encierro.

 

10º) Igualmente se prohíbe dificultar de cualquier forma el tránsito de los vehículos que discurran por las vías autorizadas para ello.

 

11º) Todas las infracciones de las presentes normas y la desobediencia a los Agentes de la Autoridad, serán sancionadas con el máximo rigor dentro de las facultades legales vigentes, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que pudieran derivarse.

 

III.- TRÁFICO

1º) La Policía Local establecerá las alteraciones que en cada momento, antes, durante y después del encierro, considere convenientes, en atención al desarrollo del festejo o a situaciones que lo requieran.

 

2º) Se advierte a los propietarios de vehículos y al público en general, que las vallas no podrán ser levantadas hasta el término del encierro, por lo que el Ayuntamiento no se hace responsable de los perjuicios que por cualquier concepto pudieran derivarse de esta prohibición.

 

IV.- ZONAS DE APARCAMIENTO   

1º) El aparcamiento de vehículos debe hacerse sin dificultar el movimiento de los demás, y sin ocasionar obstrucciones al tráfico.

 

2º) Los vehículos mal aparcados que, a juicio de la Policía Local, ocasionen evidentes dificultades u obstrucciones al tránsito, serán trasladados a otro lugar, bajo la responsabilidad de sus propietarios, que podrán hacerse cargo de los mismos, después de acreditar su identidad y de abonar el importe de los gastos originados.

 

      Esta Alcaldía está convencida de que la educación cívica de la población arcense y de los visitantes en general, contribuirán al esplendor del espectáculo que en esta señalada fecha se celebra, sin necesidad de imponer sanciones de ningún género.

 

Arcos de la Frontera, 29 de marzo de 2022

      

El Alcalde,

 

ISIDORO GAMBÍN JAÉN

 

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