FARMACIAS DE GUARDIA EN LA PROVINCIA DE CÁDÍZ

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CALENDARIO

jueves, 11 de julio de 2019

El Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, informa que la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales ha abierto el plazo de las Subvenciones individuales para personas mayores.


REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES INDIVIDUALES PARA PERSONAS MAYORES

          El Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios del Excmo. Ayuntamiento
          de Arcos de la Frontera, informa que la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
          ha abierto el plazo de las Subvenciones individuales para personas mayores.


Conceptos subvencionables:

  • La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales.

Cuantía máxima subvencionable: 600 €.

Requisitos:

  • Personas físicas mayores de 65 años con residencia en la localidad, teniéndolos cumplidos a fecha del 17 de Julio del 2019.

  • Que la renta per cápita de la unidad de convivencia del año 2.017 no sea superior al 1,25 IPREM anual,  8.067,54 €, es decir, no superar 12 pagas de 672,27 euros/mes. Entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento conjunto a fecha 01 de Junio de 2.018.  

  • Disponer de un presupuesto o de una factura con fecha desde la finalización de la última convocatoria de ayudas, es decir igual o posterior al 01 de Junio del 2018.

  • No haber obtenido la condición de beneficiario/a por el mismo concepto en la convocatoria anterior.

  • Encontrarse en situación de inactividad laboral.


Documentación:
  • Solicitud debidamente cumplimentada.

  • Fotocopia del D.N.I. del solicitante.

  • Renta del ejercicio económico del año 2.017.

  • El presupuesto o factura original.

  • La correspondiente prescripción del facultativo.

  • Certificado de convivencia de la unidad familiar a partir del 28 de Junio 2019.

  • Fotocopia de la cuenta corriente a nombre de la persona solicitante.

  • Certificado de la inactividad laboral o declaración jurada de la misma.

  • En el caso de que hubiera algún miembro de la unidad de convivencia con discapacidad, fotocopia del reconocimiento en grado igual o superior al 33%.

  • Acreditación de la representación (libro de familia, documento juzgado…)

  • DNI de otra persona mayor de 65 años.

Plazo:

           El plazo para la presentación de solicitudes en este Centro es desde el 28 de Junio al 17 de Julio de 2.019, ambos inclusive.  La persona interesada deberá solicitar  cita previa  dependiendo del lugar donde resida en:

·       Delegación Municipal del Barrio Bajo.
·       Delegación  Municipal de Jédula.



-        Cuestiones a tener en cuenta:

o   No se subvencionas limpiezas, curetajes, endodoncias, extracciones, obturación, reconstrucción de un empaste, pulpotomia, raspajes, periodoncia.

o   En el caso de que la factura sea para prótesis dental y esté exenta de iva, debe aparecer en dicha factura: “exenta de iva según el artículo 20.1.5. Ley 37/92).

o   Debe aparecer la forma de pago, en efectivo o transferencia bancaria, Así como justificante de dicho pago en caso de no ser en efectivo. Si es financiado, debe aportar la forma en la que se basa dicha financiación.

REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES INDIVIDUALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

          El Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios del Excmo. Ayuntamiento
          de Arcos de la Frontera, informa que la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
          ha abierto el plazo de las Subvenciones individuales para personas con discapa-
          cidad:                                                                                                                                                             
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL EXCMO
Conceptos subvencionables:

  • La adaptación de vehículos a motor.
Cuantía máxima de la subvención: 750€

  • La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones orto protésicas del SAS.
Cuantía máxima de la subvención:
Auditiva: 1.200€ (600€ por cada audífono)
Ocular: 400€
Dental: 600€        
Adquisición, renovación y reparación de otros productos de apoyo para personas con discapacidad: coste de la actuación, con el límite máximo de 6.050€

  • Los gastos de desplazamientos de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no pueden hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños/as de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
Cuantía máxima de la subvención:
Gastos de desplazamientos en transporte público o privado: 109 €/mes.

Requisitos:

  • Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%.

  • Que la renta per cápita de la unidad de convivencia del año 2.017 no sea superior al IPREM anual, 6.454,03 €/año, es decir, no superar 12 pagas de 537,84 €/mes. Entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento con fecha 01 de Junio del 2.018.

  • Disponer de un presupuesto o factura con fecha al 1 de Junio del 2.018.

  • En el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, se exigirá, además informe favorable del Centro de Valoración y Orientación que será solicitado de oficio por el órgano que tramita la subvención.



Documentación:

  • Solicitud debidamente cumplimentada.  

  • DNI del solicitante.

  • Reconocimiento del grado de minusvalía del solicitante.

  • Documentación acreditativa de la situación económica del año 2.017 de todos los miembros de la unidad de convivencia, que consistirá en copia compulsada de la última declaración del IRPF de todos sus componentes, y/o en su caso, de no estar obligados a realizarla y obtener otros ingresos no incluidos en dicha declaración, o una declaración responsable de los ingresos obtenidos en el mencionado ejercicio. 

  • El presupuesto o factura original.

  • Certificado de empadronamiento colectivo de la unidad familiar con fecha 28 de Junio 2019.

  • Certificado o resolución del grado de dependencia.

  • Copia de la cartilla del banco o Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente a nombre de la persona solicitante, y en caso de minoría de edad, a nombre del tutor/a.

  • Fotocopia compulsada del carnet de familia numerosa o autorización al órgano gestor.

  • En su caso, fotocopia compulsada del DNI/NIE de la persona que convive con la solicitante y tuviera 65 o más años
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  • Informe Social, si se considera que el/la solicitante está en exclusión social.

  • En la modalidad de adaptación del vehículo de motor, copia del permiso de conducir, y en caso de minoría de edad, a nombre del tutor/a.

  • En la modalidad de adquisición y renovación de prótesis y órtesis, la correspondiente prescripción facultativa en el caso de que el presupuesto o factura aportada no fuera emitido por un médico odontólogo colegiado.







Plazo:

           El plazo para la presentación de solicitudes en este Centro es desde el 28 de Junio al 17 de Julio de 2.019, ambos inclusive.  La persona interesada deberá solicitar  cita previa  dependiendo del lugar donde resida en:

·       Delegación Municipal del Barrio Bajo.
·       Delegación  Municipal de Jédula.


Cuestiones a tener en cuenta:

-        Cuestiones a tener en cuenta:

o   No se subvencionas limpiezas, curetajes, endodoncias, extracciones, obturación, reconstrucción de un empaste, pulpotomia, raspajes, periodoncia.

o   En el caso de que la factura sea para prótesis dental y esté exenta de iva, debe aparecer en dicha factura: “exenta de iva según el artículo 20.1.5. Ley 37/92).

o   Debe aparecer la forma de pago, en efectivo o transferencia bancaria, Así como justificante de dicho pago en caso de no ser en efectivo. Si es financiado, debe aportar la forma en la que se basa dicha financiación.








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