Un total de 1.240 parejas gaditanas se suman al
censo de parejas de hecho el pasado año
Las inscripciones a este censo, dependiente
de la Consejería de Salud y Bienestar Social, se han quintuplicado en Andalucía
desde la creación del registro en 2005
El Registro de Parejas de Hecho de Andalucía, dependiente de la
Consejería de Salud y Bienestar Social, ha registrado un total de 6.846
inscripciones durante el año 2012 en la comunidad autónoma, de las 1.240
proceden de la provincia de Cádiz, la tercera en número tras Málaga y Sevilla.
Desde la puesta en marcha del registro en 2005, cuando se contabilizaron
1.416 inscripciones, el número de éstas ha ido incrementándose en Andalucía progresivamente
cada año y se ha multiplicado por cinco desde entonces. En total, actualmente
hay 34.289 parejas andaluzas inscritas en dicho censo.
El Registro de Parejas de Hecho es único, aunque su gestión está
descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones territoriales
de la Consejería de Salud y Bienestar Social. Del total de parejas registradas
durante 2012 en Andalucía, el 18,8% (553) realizó los trámites de inscripción a
través de los ayuntamientos gaditanos, y el 17,59% (687) lo hizo directamente
en la
Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social de la
Junta en Cádiz.
Con la inscripción en el registro, se puede acceder a los beneficios
previstos en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma
de Andalucía. Así, en materia de protección de menores, esta norma establece la
posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por
parejas de hecho, sin discriminación alguna por opción sexual.
Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en
centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la
legislación sanitaria reconoce a los familiares. Además, en la adjudicación de
viviendas promovidas por la Administración andaluza se equiparan al matrimonio,
una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a
nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.
Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de
diciembre, de medidas en Materia de Seguridad Social, se reconoce también el
derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante
el correspondiente certificado de los registros específicos de las comunidades
autónomas, cuando esta inscripción se haya producido con una antelación mínima
de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.
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