SE PUBLICAN LAS NORMAS PARA PARTICIPAR EN EL MERCADILLO ‘PASEARTE’
Hasta el 15 de septiembre estará
abierto el plazo de solicitudes
Os
remitimos copia de las normas del Mercadillo de Artesanía y Segunda Mano
‘Pasearte’, cuya instalación se llevará a cabo en domingos alternos, durante
los meses de octubre a junio. Los puestos de artesanía se ubicarán en el centro
del Paseo de Andalucía y los de segunda mano, en la trasera.
El plazo para solicitar puesto es del 1 al 15 de
septiembre y el sorteo de los mismos el día 17 de Septiembre a las 10 horas.
Conforme a la reunión previa mantenida y con motivo de
la feria, se va a permitir el primer montaje el 20 de septiembre.
Cualquier modificación será comunicada puntualmente
por la Delegación de Fomento.
N O R M A S
“PASEARTE EN ARCOS”
“2015-2016”
1.
El mercadillo de artesanía y
segunda mano “PASEARTE” se compone de puestos para la venta de artículos
artesanales y para la venta de artículos de segunda mano, que serán delimitados
por los Servicios Técnicos Municipales.
2.
Los puestos de artesanía se ubicarán en el Paseo de
Andalucía y los de segunda mano en la trasera del mismo.
3.
Se celebrará en domingos alternos o sábados por la noche,
según disposición del Ayuntamiento.
4.
Se reservará una zona para actividades divulgativas y
temáticas, pudiéndose además llevar a cabo en la misma zona actividades
lúdico-festivas.
5.
Caso de ser
necesario, se facilitará un punto de luz a cada puesto con un máximo de 60
watios de potencia, corriendo por cuenta de los titulares de los puestos alargaderas,
triples y luces, que deberán estar homologados, siendo además de su
responsabilidad cualquier incidencia que se produzca en los mismos.
6.
Podrán solicitar puestos las personas físicas, mayores de
edad, residentes en Arcos de la Frontera, que no tengan abierto al público
establecimiento para la venta de los mismos artículos autorizados.
7.
Los puestos se asignarán por sorteo público que tendrá lugar
el próximo día 17 de septiembre, a las 10 horas.
8.
Caso de quedar puestos vacantes, se permitirá la instalación
a de otras localidades, siempre que
cumplan con el resto de normas.
9.
Una vez asignados todos los puestos, el resto de
solicitudes, pasará a la lista de espera.
10.
Cada grupo tendrá una zona determinada, no pudiendo pedir
traslado a zona diferente a la asignada.
11.
A medida
que los puestos vayan quedando vacantes se irán asignando según lista de
espera.
12. Sólo se expondrán y
venderán los artículos autorizados quedando totalmente prohibido
introducir nuevos artículos sin autorización previa de la organización.
13.
En los
puestos de artesanía o segunda mano, según proceda, queda totalmente prohibido:
a) La exposición y
venta de armas blancas y de fuego, objetos punzantes, animales, tabaco, comida
y bebidas, restos o elementos de valor arqueológico, material de carácter
pornográfico y cualquier otro cuya venta esté prohibida o restringida por
la legislación vigente.
b) En los puestos de
segunda mano, la venta de cosas nuevas o embaladas aunque el embalaje esté
deteriorado.
c) La colocación de mercaderías en las zonas verdes o en el
suelo.
d) La utilización de árboles, farolas, rejas o pilastras para
sujetar cordeles u objetos.
e) Poner publicidad de cualquier tipo.
f)
Gritar, vocear
los productos o usar altavoces.
g) Extender instalaciones o exponer artículos fuera de los
límites del puesto.
h) Instalar elementos que entorpezcan la colocación de los
demás puestos o que puedan molestar o dificultar el tránsito por el recinto.
i)
La
tenencia de animales en los puestos.
14. Será de estricto
cumplimiento velar por la estética de cada puesto que contribuye a realzar el
conjunto de la actividad.
15. Será motivo de retirada de la credencial el
incumplimiento de la obligación de recoger todos los residuos y restos de
mercaderías al abandonar el sitio de colocación del puesto.
16. Los vendedores deben respetar el espacio que
se les asigna y no pueden ocupar las zonas de paso de público.
17. El tamaño máximo de los puestos de artesanía será de 2 metros de largo
y de los puestos de segunda mano de 3 metros.
18. Los artículos de artesanía se colocarán sobre
mesas o tableros sobre caballetes, con faldón blanco o crudo y tapete de color a
elegir por el artesano para realzar la mercancía.
19. No está permitido poner artículos de artesanía
en el suelo.
20. Para los puestos de
artesanía, se autoriza la ocupación de DOS METROS máximo, desde el murete o
límite del jardín, según los casos, no pudiéndose obstaculizar el paso con
carpas o sombrillas, ni ocupar espacios correspondientes a escaleras ni entradas.
21. No se autoriza el
montaje en las zonas donde frente exista un banco.
22. Los puestos de
segunda mano deberán dejar libre el acceso a las escaleras y rampas existentes.
23. Los artículos de segunda mano voluminosos,
según la especialidad, podrán colocarse en el suelo.
24. La actividad se llevará a cabo en los
siguientes horarios:
Descarga: Sábados de 19:00 a 19:30 horas
Domingos
de 9:30 a 10 horas.
Venta: Sábados de 20:00 a las 23:00 horas.
Domingos
de 10 a las 15:00 horas.
Carga: Sábados de 23:00 a 23:30 horas.
Domingo
de 15 a 15:30 horas.
25. Todos los vehículos
aparcarán fuera del recinto de venta. Únicamente se permitirá la
entrada de vehículos en la trasera del Paseo de Andalucía para la descarga de
la mercancía de segunda mano, no pudiendo permanecer en el recinto durante el
montaje del puesto.
26. Queda terminantemente prohibido dejar
vehículos en la rampa de acceso desde la entrada posterior del parking.
27. Solo podrán exponer
las personas autorizadas con credencial del Área de Presidencia y Desarrollo
Económico, siendo esta credencial personal e intransferible.
28. Se designará un
responsable para la zona de artesanía y otro para la de segunda mano, que
controlará la asistencia y velará por el cumplimiento de las normas.
29.
Se retirará la
acreditación y la Policía Local procederá a levantar el puesto en los
siguientes casos:
q La exposición ó venta de artículos no
autorizados por la organización.
q No respetar el espacio asignado ni las
zonas de paso.
q No colocar las artesanías sobre mesa o
tablero sobre caballete.
q La colocación de cordeles u objetos en
árboles y farolas.
q No respetar las normas de convivencia y
limpieza exigidas por la organización.
30.
La Policía Local
podrá retirar las mercancías expuestas en caso de incumplimiento de la presente
normativa.
31.
Dará lugar a la pérdida
del lugar asignado y, en su caso, a la revocación de la autorización:
q Tres faltas de asistencia no justificada.
q Todo
cambio de las circunstancias inicialmente concurrentes en el titular que
supongan el incumplimiento de alguna de las condiciones necesarias para poder
ostentar dicha cualidad.
q La transferencia o cesión de la
credencial a otra/s persona/s.
q La desobediencia
a las indicaciones recibidas relativas al correcto funcionamiento del Mercadillo.
q El incumplimiento
de la presente normativa y de las disposiciones legales vigentes.
32.
VIGENCIA. Estas normas serán de aplicación
desde el 1 de Septiembre de 2015 al 30 de Junio de 2016, haciéndose extensivas
a los montajes que puedan llevarse a cabo en los meses de Julio y Agosto.
33. La organización se reserva la posibilidad de suspensión puntual del “PASEARTE” por algún acontecimiento importante o alguna causa justificada ajena a su voluntad.
ARCOS DE LA FRONTERA, SEPTIEMBRE 2015