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Acuerdo
por el que se autorizan las aportaciones para el fomento de la movilidad
académica europea del alumnado universitario
y de las enseñanzas artísticas superiores, en el marco del Programa
Erasmus
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Acuerdo
por el que se aprueba el Plan General de Inspección de la Administración de
la Junta de Andalucía para el año 2013
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Decreto
por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
año 2014
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Acuerdo
por el que se resuelve el procedimiento sancionador contra un funcionario del
Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias de la Junta
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Las ayudas
complementarias de la Junta a las becas Erasmus tendrán en cuenta el poder
adquisitivo de los países de destino
El Gobierno andaluz introduce nuevos
criterios de equidad para garantizar
la aportación autonómica tras los
recortes estatales del 40% desde 2011
La Junta de Andalucía introducirá criterios de mayor equidad
en la concesión de las ayudas complementarias que concede desde 2008 para
complementar las becas Erasmus del alumnado universitario y de enseñanzas
artísticas superiores. El Consejo de Gobierno ha aprobado la nueva regulación
de esta prestación, cuya cuantía tendrá en cuenta a partir de ahora no sólo el
poder adquisitivo de la persona beneficiaria sino también el coste de la vida
del país de destino.
La medida garantiza la continuidad de la aportación
autonómica ante la reducción de la financiación por parte de la Administración
central (más de un 40% acumulado desde 2011) y las dudas que recientemente ha
planteado la Unión Europea sobre su apoyo al Programa Erasmus.
Las ayudas complementarias de la Junta han beneficiado desde
su creación a 34.065 alumnos, con una inversión de 66,9 millones de euros. En
el presupuesto andaluz de 2013, la aportación consignada para movilidad
académica es de 15 millones, la misma cantidad que el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte prevé para toda España.
De acuerdo con la nueva regulación, la determinación del
poder adquisitivo de los países de destino tendrá como referencia los datos que
sobre esta materia publica la Oficina Estadística de la Unión Europea,
Eurostat, mientras que el mantenimiento de la modulación por el poder
adquisitivo evita que la movilidad de los estudiantes se vea comprometida por
falta de recursos económicos familiares.
El acuerdo del Consejo de Gobierno también posibilita la
modificación de las cuantías y el número
de meses de estancia financiables en función de las disponibilidades
presupuestarias en los sucesivos cursos académicos, independientemente de lo
que se decida en los ámbitos estatal y europeo acerca del futuro de las becas.
La ayuda de la Junta es adicional a las aportaciones que
fijan la Unión Europea y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Tiene
carácter de anticipo, ya que su concesión definitiva está supeditada a la
acreditación de su adecuado aprovechamiento por parte del correspondiente
centro académico. Aunque en su origen el complemento iba solo dirigido a
estudiantes universitarios, en 2010 se amplió el ámbito para incluir al
alumnado de enseñanzas artísticas superiores, unas disciplinas que en el
Espacio Europeo de Educación Superior se equiparan a los estudios
universitarios.
Con el Programa Erasmus los alumnos pueden cursar estudios
durante un periodo de tres a doce meses en una universidad o en un centro
superior de cualquier país europeo participante, con reconocimiento pleno de la
actividad académica desarrollada a través del Sistema Europeo de Transferencia
de Créditos (ECTS). Las becas de esta iniciativa también se dirigen a mejorar
el conocimiento de los idiomas de la Unión Europea, promover la cooperación y
la movilidad en todos los ámbitos de la educación y fomentar la innovación en
la enseñanza. Andalucía es actualmente la región europea que más alumnos exporta
y recibe dentro del Programa Erasmus.
El Consejo de Gobierno aprueba el Plan
General
de Inspección de la Junta para 2013
Personal, atención al ciudadano,
simplificación de trámites
y control de ayudas y contratos, principales
áreas
El
Consejo de Gobierno ha aprobado el Plan General de Inspección de la Junta de
Andalucía para 2013. Este instrumento de control prestará especial atención en
el presente ejercicio al funcionamiento de las unidades de igualdad de género
de las consejerías, el seguimiento de las medidas de simplificación de trámites
y las actividades relativas a contratos públicos y registro de documentos.
La
programación inspectora para 2013 se estructura en cinco áreas, tanto en la
Administración General como en las entidades instrumentales: personal, atención
a la ciudadanía, procedimiento, organización e implantación de la
administración electrónica.
En el
primero de estos ámbitos, la Inspección reforzará a su actividad en las entidades
del sector público, mientras que en el área de procedimiento administrativo la
prioridad se dirige a analizar las actuaciones para garantizar la efectividad
del cobro de las sanciones pecuniarias. Asimismo, se seguirán desarrollando las
medidas habituales de control de contrataciones, ayudas, subvenciones, y
contratos; seguimiento de la respuesta a las reclamaciones y sugerencias de los
ciudadanos, y vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre
incompatibilidades de empleados públicos, condiciones de desarrollo profesional
y absentismo laboral por incapacidad temporal, entre otras.
El Plan de Inspección, elaborado por la
Consejería de Hacienda y Administración Pública previa consulta a los
diferentes departamentos de la Junta, es el principal instrumento que permite
garantizar los principios de legalidad, eficacia y eficiencia en la
Administración autonómica. Sus principales objetivos son mejorar la atención al
ciudadano y fomentar su participación, apoyar los procesos de modernización de
la gestión pública y facilitar el uso de las nuevas tecnologías en la
prestación de servicios.
Aprobado el calendario de fiestas
laborales en Andalucía para 2014
A las doce festividades de ámbito
nacional y autonómico
se añaden dos de carácter local a
propuesta de cada municipio
El Consejo de Gobierno ha aprobado el calendario de fiestas
laborales en Andalucía para el año 2014. De acuerdo con las facultades que
tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, se mantienen como fiestas de ámbito
autonómico el 6 de enero, Reyes; el 28 de febrero, Día de Andalucía, y el 17 de
abril, Jueves Santo.
De este modo, la relación queda como sigue:
1 de enero,
miércoles
6 de enero,
lunes
28
de febrero, viernes
17
de abril, jueves
18
de abril, viernes
1 de mayo,
jueves
15 de
agosto, viernes
13 de
octubre, lunes
1 de
noviembre, sábado
6 de
diciembre, sábado
8 de
diciembre, lunes
25 de diciembre, jueves
A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter
local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Economía, Innovación,
Ciencia y Empleo. Todas ellas tienen carácter retribuido y no recuperable.
La Junta separa del servicio a un inspector
médico por falsificar informes de incapacidad laboral para el cobro de pensiones
Los hechos, probados también por
sentencia judicial, motivaron numerosas percepciones fraudulentas de
prestaciones económicas en la Bahía de Cádiz
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la
Consejería de Salud y Bienestar Social, ha acordado sancionar con la separación
del servicio a un funcionario del Cuerpo Superior Facultativo y del Cuerpo de
Inspección de Prestaciones Sanitarias de la Junta, F.C.P., por una infracción
de carácter muy grave contra la normativa del régimen disciplinario de los
empleados públicos (Real Decreto 33/1986).
Los hechos objeto de la sanción, fundamentalmente falsificación
en los expedientes de incapacidad laboral para el reconocimiento fraudulento de
pensiones, se produjeron entre los años 2000 y 2006 en la Unidad de Valoración
Médica de Incapacidades (UVMI) adscrita a la Delegación Provincial de la
Consejería de Salud en Cádiz. En relación con los mismos, la Junta abrió un
expediente sancionador que se paralizó en febrero de 2004,
cuando se inició la vía judicial en la Audiencia Provincial, y que fue
reanudado una vez que la sentencia de este órgano judicial fue confirmada en
julio de 2012 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).
La sanción del Consejo de Gobierno
se refiere a los mismos hechos declarados y probados por la sentencia penal,
constitutivos de delitos de estafa y falsedad en documento oficial. De acuerdo
con la doctrina del TS, la doble sanción penal y administrativa se justifica
porque la condición de funcionario ha sido elemento imprescindible para la
relevancia penal de su acción, y no sólo circunstancia agravante (en este
último caso no procedería la duplicidad).
Tanto en el expediente
administrativo como en las sentencias judiciales se constata que el inspector
médico sancionado aprovechó su privilegiada situación para influir de forma
determinante en el reconocimiento de prestaciones económicas de incapacidad
laboral a personas que no reunían los requisitos legales. En colaboración con
otro condenado en la misma causa penal, les ofrecía la obtención segura de una
pensión a cambio de grandes sumas de dinero por la gestión fraudulenta de unos
expedientes en los que se falseaba la situación médica real de los interesados.
Asimismo, incluía informes médicos cuya falsedad conocía por haber instado él
mismo su elaboración a terceros acusados que los emitían sin exploración alguna
de los pacientes, además de llevar a cabo actividades de asesoramiento a los
solicitantes para preparar lo que debían manifestar en sus comparecencias ante
los tribunales médicos.
Como consecuencia de estos hechos,
muchas personas percibieron indebidamente prestaciones de la Tesorería General
de la Seguridad Social en Cádiz, San Fernando, Puerto Real y El Puerto de Santa
María, ámbito en el que el inspector condenado ejercía su funciones
profesionales.
La
sanción de la separación del servicio está recogida por la normativa básica estatal
únicamente para infracciones de carácter muy grave. Esta es la calificación que
el artículo 6.d) del Real Decreto 33/1986 tipifica “la adopción de acuerdos
manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los
ciudadanos”.