EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ARCOS
DE LA FRONTERA
-
DELEGACION DE FIESTAS –
REGLAMENTO
PARA EL
CONCURSO
DE AGRUPACIONES CARNAVALESCAS
DE ARCOS DE LA
FRONTERA
2017
(C.C.A.F.)
En su categoría
de
A D U L T O S
CAPITULO
I: AGRUPACIONES
ARTÍCULO
1º.- MODALIDADES - INSCRIPCIÓN
El concurso de
Agrupaciones Carnavalescas de Arcos de la Frontera, se convoca, sola y
exclusivamente para Adultos, por lo que todos y cada uno de los componentes de
las agrupaciones inscritas habrán de ser mayores de 18 años.
Las
Agrupaciones que se inscriban en el CCAF, se encuadrarán en alguna de las
modalidades siguientes: CHIRIGOTAS,
COMPARSAS.
Para poder
participar en el CCAF, se deberá presentar la correspondiente solicitud de
inscripción, sólo podrán participar en el CCAF aquellas que se encuentren
inscritas en tiempo y forma.
Para ello, la
Delegación de Festejos abrirá, un plazo de INSCRIPCION desde el día 25 de Enero hasta el día 15 de Febrero
de 2017, ambos inclusive. Las inscripciones se entregarán personalmente en
la delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Arcos. Por teléfono al número
956717300. Por correo electrónico al e-mail
festejos@arcosdelafrontera.es o por correo ordinario a Delegación de
Fiestas, Calle Deán Espinosa, nº6, 11630, Arcos de la Frontera (Cádiz).
El Boletín de
Inscripción, facilitado por la DELEGACION DE FIESTAS, deberá estar
cumplimentado en todos sus apartados y firmado por el Representante Legal, lo
que implica- y en los Boletines constará de forma clara y precisa -la aceptación por parte de la Agrupación del
presente Reglamento, lo que presupone su conocimiento previo.
ARTICULO
2º.- CHIRIGOTAS
2.1.- Son aquellas
Agrupaciones Carnavalescas compuestas por un mínimo de SIETE componentes y un máximo de DOCE.
A su vez, estos componentes se acompañarán de
los siguientes instrumentos musicales: bombo con sus respectivos platillos,
caja, un máximo de dos guitarras españolas y pitos carnavalescos (este último
será opcional).Dichos componentes podrán usar otros instrumentos musicales,
aunque sólo serán admitidos en la Presentación, Estribillos y el Popurrí.
2.2.- El repertorio estará compuesto por
PRESENTACION, 2 PASODOBLES, 2 CUPLES con sus correspondientes ESTRIBILLOS
(composición más genuina de éstas Agrupaciones) y POPURRI. Las músicas de los
Pasodobles y los Cuplés no habrán de ser necesariamente idénticas.
Los cuplés
serán cantados engarzados por medio del Estribillo, sin interrupción entre los
mismos.
El repertorio
será inédito en cuanto a letra y música, excepción hecha en las composiciones
musicales de la Presentación y el Popurrí.
ARTICULO
3º.- COMPARSAS
3.1.- Son aquellas Agrupaciones
Carnavalescas que interpretan su repertorio a dos cuerdas como
mínimo -tenor y segunda -. Se componen de un mínimo de DIEZ cantantes y un
máximo de QUINCE.
A su vez, estos
componentes se acompañarán de los siguientes instrumentos musicales: bombo con
sus respectivos platillos, caja, un máximo de tres guitarras españolas y pitos
carnavalescos (este último será opcional).
Dichos componentes podrán usar otros instrumentos musicales, aunque sólo
serán admitidos en la Presentación, Estribillos y el Popurrí.
3.2.- El repertorio estará compuesto por
PRESENTACION, 2 PASODOBLE (composición más genuina de estas Agrupaciones), 2
CUPLES con sus correspondientes ESTRIBILLO y POPURRI. Las músicas de los
Pasodobles y los Cuplés no habrán de ser necesariamente idénticas.
Los Cuplés
serán cantados engarzados por medio del Estribillo, sin interrupción entre los
mismos.
El repertorio será inédito en cuanto a
letra y música, excepción hecha en las composiciones musicales de la
Presentación y el Popurrí.
ARTÍCULO
4º.- TIPOS
Comprende el
titulo o nombre de la Agrupación, así como el disfraz y otros complementos
utilizados, la temática tratada y su interrelación con el repertorio a
interpretar.
ARTÍCULO
5º.- FIGURANTES
Son aquellas
personas y otros seres vivos que pueden estar en el escenario durante la
actuación de la Agrupación, sin cantar, hablar, ni tocar instrumento alguno.
ARTÍCULO
6º.- REPRESENTANTE LEGAL
Es el único
portavoz ante la DELEGACION DE FIESTAS y sus órganos competentes. Será un AUTOR
por Agrupación o persona en quien él delegue, designada obligatoriamente de
entre los relacionados en el Boletín de Inscripción.
Funciones
y Competencias:
6.1.- Cumplimentar el Boletín Oficial de
Inscripción que será facilitado por la DELEGACION DE FIESTAS y presentarlo ante
la misma en los plazos que oportunamente se indique. Dicho Boletín deberá estar
cumplimentado en todos sus
apartados, no siendo obligatorio presentar bocetos o fotografías de los Tipos.
En cualquier
caso y de manera obligada, el Representante Legal deberá firmar los Boletines,
así como indicar claramente su nombre y apellidos, dirección, localidad,
teléfono y el número del D.N.I. Igualmente, los componentes de las Agrupación
deberán indicar su nombre, apellidos, D.N.I. y fecha de nacimiento en el
Boletín de Inscripción la y la aceptación por parte de la Agrupación
del presente Reglamento, lo que presupone su conocimiento previo.
6.2.- Entregará, a título de archivo,
antes del día 20 de Febrero de 2017, el repertorio a interpretar, o por Correo Certificado, pudiendo haber inclusión de
una o más interpretaciones en el repertorio y entregarse al Presidente del
Jurado una hora antes de su actuación, tantas copias como libretos.
6.3.-
Presentará las posibles reclamaciones ante la DELEGACION DE FIESTAS y una vez
comenzado el CCAF al/la Secretario/a del jurado, siempre por escrito y
debidamente identificado.
CAPITULO
II: SORTEO
ARTÍCULO
7º.- NORMAS
El sorteo
fijará el orden de actuación de las distintas Agrupaciones Carnavalescas, así
como el orden de actuación de las distintas modalidades, siendo las locales,
distribuidas en cada día de las semifinales.
7.1.- La DELEGACION DE FIESTAS convocará
a todos los Representantes Legales de las Agrupaciones Carnavalescas,
sorteándose por separado las diferentes modalidades: Comparsas, Chirigotas, así
como el orden de actuación de dichas modalidades.
7.2.- El Sorteo se
celebrará el Lunes día 20 de Febrero, a las 17:00 horas, en Edificio
Emprendedores, Avd. Duque de Arcos.
CAPITULO
III: EL JURADO
ARTÍCULO
8º.- COMPOSICIÓN
Se establece un
jurado compuesto por: Presidente/a y Secretario/a, cinco Vocales y un Suplente.
Todos los miembros del Jurado atenderán al sentido de confidencialidad que
requiera el cargo.
ARTÍCULO
9º.- PRESIDENTE/A
El nombramiento
del/la Presidente/a del Jurado será competencia de la DELEGACION DE FIESTAS.
Funciones:
9.1.-
Cumplirá y hará cumplir el presente Reglamento.
9.2.- Convocará y
presidirá el Jurado en todas las reuniones necesarias para el buen desarrollo
del CCAF.
9.3.- Ordenará
el comienzo y el fin de las sesiones a celebrar del CCAF, justificando
públicamente cualquier alteración.
9.4.- Actuará con voz pero sin voto.
ARTÍCULO
10º.- SECRETARIO/A
El/la
Secretario/a será designado por la DELEGACION DE FIESTAS.
Funciones:
10.1.- Dará
fe en cuantos documentos fuera necesario.
10.2.- Levantará Actas
de las posibles incidencias del CCAF.
10.3.- Auxiliará
al/la Presidente/,a en el exacto cumplimiento del presente Reglamento.
10.4.- Será
responsable, en todo momento, de las fichas de puntuaciones y de toda la
documentación.
10.5.- Efectuará, previa autorización
del/la Presidente/a y en presencia de cada
uno de los
miembros del Jurado, el recuento de puntuaciones otorgadas a las Agrupaciones
Carnavalescas.
10.6.- Será
el único portavoz del jurado ante la DELEGACION DE FIESTAS, y los Representantes
Legales de las Agrupaciones Carnavalescas, durante el desarrollo del CCAF.
10.7.-Actuará con voz pero sin voto.
ARTÍCULO
11.- VOCALES
Los Vocales del
jurado serán elegidos por la DELEGACION DE FIESTAS atendiendo a lo dispuesto en
el Articulo 9º.
ARTÍCULO
12º.- INCOMPATIBILIDADES DEL JURADO
12.1.- Ser
Representante Legal, Autor, o componente de alguna Agrupación que concurse.
Cualquier tipo
de reclamación sobre incompatibilidades, se presentará en la Secretaria de la
DELEGACION DE FIESTAS, quien resolverá antes del CCAF.
La DELEGACION
DE FIESTAS, rechazará a cualquiera de los propuestos a miembros del jurado que
incurran en la norma de incompatibilidad. La decisión de la DELEGACION DE
FIESTAS será inapelable.
ARTÍCULO 13º.- ACTUACIONES Y DELIBERACIONES DEL JURADO
13.1.- El
Jurado quedará constituido oficialmente cuando concurra la presencia del/la
Presidente/a, el/la Secretario/a y la totalidad de los Vocales.
13.2.- Al
comienzo de la actuación de cada Agrupación, los Vocales del Jurado recibirán
del/la Secretario/a las fichas de puntuaciones, que una vez cumplimentadas,
serán devueltas al mismo al finalizar la sesión diaria.
13.3.- Todas las
deliberaciones del Jurado tendrán carácter secreto.
13.4.- Previa
convocatoria del/la Presidente/a, el Jurado se reunirá para estudiar y
pronunciarse sobre las posibles reclamaciones referentes al CCAF hechas al
efecto por los Representantes legales de las Agrupaciones.
CAPITULO
IV: EL CONCURSO
ARTICULO
14º.- FASES DEL CONCURSO
El CCAF
constará de dos Fases: Clasificatoria y Final.
La Fase clasificatoria, tendrá lugar
durante los días 27, 28, de Febrero y 1,
2 de Marzo (esto dependerá del número de agrupaciones participantes), en el
Teatro Olivares Veas de Arcos de la Frontera.
La Final del
CCAF se celebrará el Viernes 3 de Marzo
en el citado Teatro.
Todas las
Funciones, tanto clasificatorias como final, comenzarán a las 21:00 horas.
ARTICULO
15º.- FASE CLASIFICATORIA
En la misma
participarán todas las Agrupaciones Carnavalescas legalmente inscritas y de
acuerdo con el orden establecido previamente en el Sorteo.
Las
Agrupaciones Carnavalescas cantarán y por este orden: PRESENTACION, 2
PASODOBLES, 2 CUPLES con sus correspondientes ESTRIBILLO y POPURRI, (en el caso
de Chirigotas y Comparsas), y una PARODIA LIBRE, 2 CUPLES con sus
correspondientes ESTRIBILLO, como mínimo, así como otras composiciones
carnavalescas.
ARTÍCULO
16º.- FASE FINAL
En la misma
participarán el número de Agrupaciones Carnavalescas que superen en la Fase
Clasificatoria establecida por el Jurado.
En esta Fase se interpretará, y por este
orden: Presentación, Dos Pasodobles, Dos Cuplés con sus correspondientes
Estribillos y Popurrí en el caso de Chirigotas y Comparsas.
Los Pasodobles
y Cuplés en Comparsa y Chirigota,
deberán de ser totalmente inéditos. No pudiéndose repetir los ya cantados en la
fase preliminar.
ARTÍCULO
17º.- FALLO DEL JURADO
Una vez
concluida las Fases Semifinal y Final, se hará público el fallo del jurado, el
cual será inapelable.
ARTÍCULO
18º.- PREMIOS
Las cantidades
económicas de los Premios serán los siguientes:
1º Premio de Comparsa
........................... 2.000,00 Euros
2º Premio de Comparsa
........................... 1.200,00 Euros
3º Premio de Comparsa
........................... 750,00
Euros
Accésits……………………… 300,00 Euros
1º Premio de Chirigota
.............................. 2.000,00 Euros
2º Premio de Chirigota
.............................. 1.200,00 Euros
3º Premio de Chirigota
.............................. 750,00
Euros
Accésits……………………… 300,00 Euros
ARTÍCULO 19º.- ANEXO PREMIOS
El jurado puede
reservarse el derecho de declarar algunos de los premios desiertos en base a la
calidad de las agrupaciones participantes en sus distintas modalidades. Así
como otorgar accésit en las modalidades que estimen oportunas. El o los
mencionados accésits estarán dotados de 300,00 euros cada uno.
CAPITULO
V: PUNTUACIONES
ARTÍCULO
20º.- PUNTUACIONES
C O
M P A
R S A S:
Presentación
|
de 0 a 5 x 1 x 5 =
|
25 Puntos
|
Pasodobles
|
de 0 a 15 x 2
x 5 =
|
150 Puntos
|
Cuplés y Estribillo
|
de 0 a 10 x 2 x 5 =
|
100 Puntos
|
Popurrí
|
de 0 a 10 x 1 x
5 =
|
50 Puntos
|
Tipo
|
de 0
a 5 x 1 x 5 =
|
25 Puntos
|
T 0 T A L MAXIMA PUNTUACION:
350 Puntos
C H
I R I
G O T
A S:
Presentación
|
de 0 a
5 x 1 x 5 =
|
25 Puntos
|
Pasodobles
|
de 0 a 15
x 2 x 5 =
|
150 Puntos
|
Cuplés y Estribillo
|
de 0 a 10
x 2 x 5 =
|
100 Puntos
|
Popurrí
|
de 0 a 10
x 1 x 5 =
|
50 Puntos
|
Tipo
|
de 0 a
5 x 1 x 5 =
|
25 Puntos
|
T 0 T A L MAXIMA PUNTUACION:
350 Puntos
Las
puntuaciones serán otorgadas por cada Vocal del jurado suprimiéndose la
puntuación una más alta y una más baja, siendo la puntuación total el resultado
de las tres restantes. Las puntuaciones obtenidas, solamente tendrán validez en
cada una de las fases.
ARTÍCULO
21º.- FALTAS Y SANCIONES
Antes de que
quede publicada la relación de Agrupaciones Carnavalescas que pasen a la
siguiente Fase, se podrá reclamar por parte de los Representantes Legales o
miembros del jurado, de forma fehaciente, sobre cualquier infracción
supuestamente cometida por alguna Agrupación Carnavalesca. El Jurado se reunirá, a instancia de su
Presidente/a, para estudiar y pronunciarse sobre dichas reclamaciones,
aplicando el siguiente cuadro de "Faltas y Sanciones", si lo estimara
procedente:
21.1.- FALTAS: Durante el
Concurso, en sus diferentes fases, el incumplimiento de alguna de las normas
del CCAF será considerado como falta, que por su gravedad será considerada y sancionada
como sigue:
21. 1.1.- FALTAS LEVES: Se restará hasta el 50%
de la puntuación obtenida cuando la falta cometida sea relativa al tiempo de
montaje o desmontaje.
21.1.2.-FALTAS GRAVES: No se
puntuará la composición o parte de ella.
21.1.3.-FALTAS MUY GRAVES: Se
descalificará a la Agrupación del Concurso.
21.2.- SANCIONES:
21.2.1.-FALTAS LEVES:
1.- Pasarse en el tiempo de
interpretación o en el montaje y desmontaje de los forillos.
*La
Presentación no excederá de TRES
minutos, contándose desde el comienzo de la escenificación musical de la
Agrupación.
*La Parodia no
excederá de OCHO minutos en tiempo
efectivo de actuación, descontándose las pausas provocadas por los aplausos del
público.
*El Popurrí o
tema libre en el caso de Cuartetos, no excederá de OCHO minutos.
*El montaje y
desmontaje de los forillos no excederá de CINCO
minutos para cada operación (se sancionará la Presentación). Lógicamente, el tiempo de montaje y
desmontaje, se le aplicara a las Agrupaciones Carnavalescas que hayan solicitado
a la DELEGACION DE FIESTAS, cuarenta y ocho horas antes de la actuación fijada,
el montaje de forillos, atrezzos, complementos, etc..
2.- Interpretación de los Cuplés sin
engarzar. En este caso, la sanción
corresponderá al 20% de la suma obtenida por la puntuación de los Cuplés y
Estribillos.
21.2.2.- FALTAS GRAVES:
1.- Alterar el orden de interpretación
del repertorio o repetir letras.
2.- Las composiciones que no sean
inéditas en letra o/y música.
21.2.3.- FALTAS MUY GRAVES:
1.- No estar presente en el momento de
la actuación, según orden del Sorteo, se exigirá estar una hora antes de su
actuación en los camerinos correspondiente.
2.- Las Agrupaciones que infrinjan los
Artículos 2.1, 3.1, relativos al número de cuerdas y utilización de instrumentos
musicales.
3.-
Es obligatorio el mismo disfraz para todas las Fases del Concurso.
4.- Las Agrupaciones que no cumplan el
requisito exigido de la edad dé sus componentes, así como su debida
acreditación.
21.3.- Al final de cada Fase del Concurso
se dará conocimiento público de las Faltas y Sanciones.
ARTICULO
22º.- PUBLICACION DE PUNTUACIONES
Después de la Fase Clasificatoria se publicarán los nombres y
puntuaciones de las Agrupaciones que no pasen a la Fase Final, en el tablón de
anuncios de la DELEGACION DE FIESTAS.
ARTICULO
23º.-
El CCAF se
regirá por lo dispuesto en la LEY DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL y por el
REGLAMENTO GENERAL DE POLICIA DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES
RECREATIVAS.
Arcos de la
Frontera, Enero de 2017