El
importe lo otorga la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la
Junta de Andalucía.
El Ayuntamiento de
Arcos de la Frontera participa en el Programa de Ayudas de Suministros Vitales
y Prestaciones de Urgencia Social, con una subvención otorgada de 27.800 euros,
según Orden de 24 de abril de 2.106, por la que se hace pública la relación de
Ayuntamientos participantes. Estas ayudas están incluidas dentro de las medidas
extraordinarias y urgentes para la 
Inclusión Social  en Andalucía que  la Consejería de Igualdad,  Salud y Políticas Sociales de la Junta de
Andalucía, puso en marcha en colaboración con el Ayuntamiento de Arcos de la
Frontera, según prórroga del Decreto-Ley 8/2014 de 10 de junio. 
Las ayudas van destinadas a sufragar gastos de
suministros vitales y otras prestaciones de urgencia social.
Se consideran gastos de suministros vitales los
siguientes:
- Gastos de
     energía eléctrica.
 - Gastos
     derivados del suministro de agua, alcantarillado y basura.
 
 Se consideran
gastos a cubrir mediante prestaciones de urgencia social los siguientes: gastos
de alquiler, siempre que su impago redunde en un desalojo; alojamiento en
situaciones de necesidad en albergues o establecimientos de hostelería; y gasto
de reparaciones urgentes y básicas de las viviendas.
Se ha realizado una primera entrega que asciende a 11.053,84 €, repartida de la
siguiente manera:
Dentro de los suministros vitales:
- 4 ayudas
     para suministros de Energía Eléctrica
 
Respecto de las prestaciones de urgencia social:
- 4 ayudas
     para reparación básica de la vivienda
 - 8 ayudas
     para gastos de alquiler
 
Los beneficiarios/as han sido seleccionadas por los
Técnicos de Servicios Sociales.
Los requisitos que cumplen  son:
- Estar empadronados en Arcos de la Frontera como mínimo desde
     hace 6 meses. (Excepcionalmente, no se tendrá en cuenta este requisito si
     así lo acuerdan los Servicios Sociales Comunitarios, cuando se trate de
     transeúntes, inmigrantes, emigrantes retornados u otros).
 - No disponer de recursos
     económicos para afrontar los gastos de la ayuda solicitada.  
 - Que ningún   miembro de la  unidad familiar ha percibido otras
     prestaciones para la misma finalidad de cualquier Administración Pública o
     entidad Privada.
 - Que no es propietario/a o
     usufructuario/a de bienes inmuebles de naturaleza urbana o rústica,
     excepto de la vivienda para la que he solicitado la ayuda.
 
Además, la persona beneficiaria de estas ayudas se
compromete a través de un Acuerdo Técnico a lo siguiente: 
1.- Cumplir el acuerdo que ha firmado. 
2.- Aplicar la ayuda a la finalidad para la que se le ha
otorgado.
3.- Comunicar a los Servicios Sociales Comunitarios cualquier
variación de sus circunstancias personales, familiares o económicas.
4.- Comparecer y colaborar con los Servicios Sociales cuando
sea requerido.
5.- Justificar la ayuda asignada a través de facturas o
cualquier otro documento que se estime oportuno por los Servicios Sociales
Comunitarios.
6.- Reintegrar aquellas cantidades indebidamente percibidas
o no aplicadas al fin que motivo su concesión.
Tanto el Alcalde, Isidoro Gambín, como el delegado del área,
Diego Carrera, han mostrado su satisfacción por el trabajo realizado desde los
Servicios Sociales, “para que las familias de Arcos no se vean afectadas por la
falta de luz y agua u otras situaciones graves”.




No hay comentarios:
Publicar un comentario