LA
UNIÓN DE CONSUMIDORES DE ANDALUCÍA DENUNCIA LA VENTA DE PETARDOS SIN CONTROL EN
ESTABLECIMIENTOS NO AUTORIZADOS
Andalucía, 12 de noviembre de 2013. Tras la celebración de la noche de Halloween,
diferentes llamadas a la Unión de Consumidores alertaban sobre la posible venta
de petardos en establecimientos no autorizados para la realización de este tipo
de ventas. En este sentido, desde la UCA solicitamos que se controle por parte
de las distintas Administraciones Públicas con competencia en la materia la
venta ilegal que se pueda estar realizando con el fin de que en las próximas
Navidades se logre erradicar este tipo de actividad no autorizada que supone un
peligro para los menores de edad que manipulan estos artículos y una
circunstancia molesta para los vecinos que padecen los ruidos causados por la
explosión de éstos.
En este sentido, conforme a lo que ha
venido sucediendo en años anteriores, la venta de este tipo de artículos
aumenta en estas fechas y el no realizarla con las debidas garantías y
autorizaciones genera peligros y riesgos tanto para vendedores ilegales como
para los compradores de estos productos, en muchos casos menores de edad.
Además, solicitamos un control más
exhaustivo en canales de venta novedosos de estos productos como lo es
Internet. Las nuevas tecnologías se han constituido en una fuente de prácticas
irregulares en algunos casos y este ámbito no se ha quedado fuera de ello.
Así, en años anteriores se han detectado
y denunciado productos por nuestra parte que carecen de una información clara y
precisa y que no cuentan con las instrucciones necesarias para un correcto uso,
con los riesgos evidentes que ellos conlleva para la integridad del usuario y
de las personas de su entorno.
En cuanto a requisitos para la
venta de este tipo de artículos están:
- Los artículos pirotécnicos que se
vayan a vender o poner a disposición del público estarán etiquetados de
manera visible, figurando el nombre y dirección del fabricante o
importador, el nombre y tipo del artículo, la categoría correspondiente y
las instrucciones para su correcto uso. Si el artículo pirotécnico no
dispone de espacio suficiente para los requisitos del etiquetado la
información se proporcionará en la unidad de envase.
- La unidad mínima de venta al
público será el envase, prohibiéndose la venta de unidades fuera de él.
- Los cohetes voladores sólo podrán
venderse en paquetes debidamente protegidos.
- Los artificios pirotécnicos de la
categoría 3 sólo podrán venderse a mayores de 18 años. Los artificios
pirotécnicos de categoría 2 sólo podrán venderse a los mayores de 16 años.
Por último, los artificios pirotécnicos de la categoría 1 sólo pueden
venderse a los mayores de 12 años.
- Los artículos pirotécnicos no podrán
venderse a quienes manifiesten de forma clara que puedan encontrarse bajo
los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes
- La validez de la autorización
para venderlos estará condicionada al hecho de tener concertado y mantener
en vigor un seguro de responsabilidad civil.
- En la zona destinada a la venta,
se permitirá la presencia de material pirotécnico colocado en estanterías,
estando éstas situadas a una distancia mínima de un metro del mostrador,
quedando siempre fuera del alcance del público.
- Los artículos de pirotecnia no
podrán exponerse con carga en escaparates ni estarán al alcance del
público.
Finalmente, solicitar como Unión de
Consumidores de Andalucía que los padres y madres se impliquen en estas
cuestiones y no hagan dejación en sus funciones como educadores. Muchos menores
de edad compran petardos ilegales con el permiso de los mayores de edad que,
imprudentemente, son desconocedores de los peligros que la manipulación de
estos artículos por parte de ellos puede tener.
Para más información:
Miguel A. Ruiz: 671 04 86 25
Vicepresidente
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