El
Consejo de Consumidores y Usuarios de Andalucía rechaza la Ley de Tasas
Judiciales
Este órgano considera
que la aplicación de la norma incide de manera negativa en el Derecho de
Defensa de todas las personas, limitando el acceso a la justicia a amplios
colectivos sociales
El pleno del Consejo
de los Consumidores y Usuarios de Andalucía (CCUA), máximo órgano de consulta y
participación de los consumidores y usuarios andaluces, integrado por la
Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa, AL-ANDALUS, FACUA-Andalucía
y Unión de Consumidores de Andalucía, UCA/UCE, aprobó el 21 de diciembre, una
“Resolución contra la Ley de Tasas Judiciales y el Anteproyecto de Ley de
Justicia Gratuita”.
A través de este documento, el CCUA quiere
poner de manifiesto y trasladar al conjunto de la opinión pública andaluza, el
rechazo de este órgano a la Ley de Tasas Judiciales, por su incidencia negativa
en el Derecho de Defensa de todas las personas, iniciativa que supone un
recorte en el acceso al servicio público de la justicia y un claro retroceso
del Estado de Derecho, al limitar gravemente y en muchos casos dejar fuera de
las posibilidades reales de acceso a la justicia a amplios colectivos sociales.
Este
órgano considera que, la recientemente aprobada “Ley de Tasas” supone una
restricción clara del acceso a la justicia para la mayoría social de este país,
convirtiendo el derecho a la tutela judicial efectiva (Art. 24 de la
Constitución Española), pilar y esencia del Estado de Derecho y de la
Democracia, en un “servicio de lujo” al que solo podrán acudir quienes se lo
pueden pagar, dinamitando las opciones de la ciudadanía de reclamar ante los
tribunales las arbitrariedades y lesiones de derechos tanto laborales, civiles
como administrativos o de consumidores y usuarios que pueda ocasionar la parte
más poderosa en una relación, sea esta de la naturaleza que sea.
Desde el Consejo se insiste en que
esta ley constituye un veto sin precedentes en el derecho de acceso a la
justicia de millones de personas, vaciando de contenido el derecho a la tutela
judicial efectiva. Asimismo, supone una quiebra del principio de gratuidad en
el procedimiento arbitral de consumo puesto que hará inviable en la práctica
para el consumidor la ejecución del laudo favorable al mismo cuando la
reclamación verse sobre cuantías inferiores a 200€ (coste de la tasa) y las
empresas se nieguen a cumplir el fallo.
El
Consejo de los
Consumidores y Usuarios de Andalucía considera que la grave situación
estructural de la administración de justicia, agravada por la falta de medios
personales y materiales, nunca debe resolverse a costa de un nuevo marco legal,
que en la práctica supone una limitación del acceso de la ciudadanía a la
justicia, conculcando el derecho a la tutela judicial efectiva.
El
CCUA
y las organizaciones que lo integran, representativas de los derechos y
legítimos intereses de las personas consumidoras y usuarias, creen necesario
combatir el veto que supone al acceso a la justicia de los consumidores y
usuarios para la defensa de sus derechos básicos a la salud, la seguridad, la
reparación de daños y perjuicios y legítimos intereses económicos, reconocidos
en el artículo 51 de la Constitución, como principio rector de la política
social y económica del Estado.
En
este sentido, apuestan por “defender con todos los medios democráticos a su
alcance, los bienes y servicios básicos, el Estado de Bienestar y los derechos
y libertades de la ciudadanía. Unos bienes, unos servicios, y unos derechos y
libertades que con la excusa de la reducción del déficit público, están siendo
atacados y cercenados, lo que está provocando la oposición de innumerables
colectivos sociales, una oposición de la que podemos, queremos y debemos
hacernos eco desde un órgano de participación ciudadana como el CCUA”, un
propósito que han querido expresar de manera rotunda a través de esta
resolución.
Para
ampliar esta información, póngase en contacto con la Presidencia del Consejo de
los Consumidores y Usuarios a través del 954 56 41 02
Grupo de Trabajo de Comunicación e Imagen
del CCUA
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