REQUISITOS Y
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA SOLICITUD  DE 
SUBVENCIONES INDIVIDUALES PARA PERSONAS MAYORES
          El
Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios del Excmo. Ayuntamiento 
          de
Arcos de la Frontera, informa que la Consejería de Igualdad y Políticas
Sociales 
          ha
abierto el plazo de las Subvenciones individuales para personas mayores.
Conceptos
subvencionables:
- La adquisición, renovación y
     reparación de prótesis y órtesis dentales. 
 
Cuantía
máxima subvencionable: 600 €.
Requisitos:
- Personas físicas mayores de 65 años con residencia
     en la localidad, teniéndolos cumplidos a fecha del 17 de Julio del 2019.
 
- Que
     la renta per cápita de la unidad de convivencia del año 2.017 no sea
     superior al 1,25 IPREM anual,  8.067,54
     €, es decir, no superar 12 pagas de 672,27 euros/mes. Entendiendo por unidad económica
     de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de
     la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de
     empadronamiento conjunto a fecha 01 de Junio de 2.018.  
 
- Disponer de un presupuesto o de una factura con fecha desde la
     finalización de la última convocatoria de ayudas, es decir igual o
     posterior al 01 de Junio del 2018.
 
- No haber obtenido la condición de
     beneficiario/a por el mismo concepto en la convocatoria anterior.
 
- Encontrarse en situación de
     inactividad laboral.
 
Documentación:
- Solicitud debidamente
     cumplimentada.
 
- Fotocopia del D.N.I. del
     solicitante.
 
- Renta del ejercicio económico del
     año 2.017.
 
- El presupuesto o factura
     original. 
 
- La correspondiente prescripción
     del facultativo.
 
- Certificado de convivencia de la
     unidad familiar a partir del 28 de Junio 2019.
 
- Fotocopia de la cuenta corriente
     a nombre de la persona solicitante.
 
- Certificado de la inactividad
     laboral o declaración jurada de la misma.
 
- En el caso de que hubiera algún
     miembro de la unidad de convivencia con discapacidad, fotocopia del
     reconocimiento en grado igual o superior al 33%.
 
- Acreditación de la representación
     (libro de familia, documento juzgado…)
 
- DNI de otra persona mayor de 65
     años.
 
Plazo:
           El plazo para la presentación de solicitudes
en este Centro es desde el 28 de Junio al 17 de Julio de 2.019, ambos inclusive.  La persona interesada deberá solicitar  cita previa  dependiendo del lugar donde resida en:
·      
Delegación
Municipal del Barrio Bajo.
·      
Delegación  Municipal de Jédula.
-       
Cuestiones
a tener en cuenta: 
o  
No
se subvencionas limpiezas, curetajes, endodoncias, extracciones, obturación,
reconstrucción de un empaste, pulpotomia, raspajes, periodoncia.
o  
En
el caso de que la factura sea para prótesis dental y esté exenta de iva, debe
aparecer en dicha factura: “exenta de iva según el artículo 20.1.5. Ley 37/92).
o  
Debe
aparecer la forma de pago, en efectivo o transferencia bancaria, Así como justificante
de dicho pago en caso de no ser en efectivo. Si es financiado, debe aportar la
forma en la que se basa dicha financiación. 
REQUISITOS Y
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA LA SOLICITUD  DE 
SUBVENCIONES INDIVIDUALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
          El Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios del Excmo.
Ayuntamiento 
          de
Arcos de la Frontera, informa que la Consejería de Igualdad y Políticas
Sociales 
          ha
abierto el plazo de las Subvenciones individuales para personas con discapa-
         
cidad:                                                                                                                                                              
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL EXCMO
Conceptos subvencionables:
- La adaptación de
     vehículos a motor.
 
Cuantía máxima de la
subvención: 750€
- La adquisición,
     renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición,
     renovación y reparación de productos de apoyo para personas con
     discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el
     catálogo general de prestaciones orto protésicas del SAS.
 
Cuantía máxima de la
subvención:
Auditiva: 1.200€
(600€ por cada audífono)
Ocular: 400€
Dental: 600€         
Adquisición,
renovación y reparación de otros productos de apoyo para personas con
discapacidad: coste de la actuación, con el límite máximo de 6.050€
- Los gastos de
     desplazamientos de personas con discapacidad al centro residencial o de
     día al que deban asistir, en aquellos casos en que no pueden hacer uso
     total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de
     desplazamiento de los niños/as de 0 a 6 años que estén recibiendo atención
     temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
 
Cuantía máxima de la
subvención:
Gastos de
desplazamientos en transporte público o privado: 109 €/mes.
Requisitos: 
- Tener reconocida una discapacidad
     física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%.
 
- Que la renta
     per cápita de la unidad de convivencia del año 2.017 no sea superior al
     IPREM anual, 6.454,03 €/año, es decir, no superar 12 pagas de 537,84
     €/mes.
     Entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas
     que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren
     incluidas en el certificado de empadronamiento con fecha 01 de Junio del
     2.018. 
 
- Disponer de un presupuesto
     o factura
     con fecha al 1 de Junio del
     2.018. 
 
- En el caso de
     subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de
     apoyo para personas con discapacidad, se exigirá, además informe favorable
     del Centro de Valoración y Orientación que será solicitado de oficio por
     el órgano que tramita la subvención.
 
Documentación:
- Solicitud debidamente
     cumplimentada.   
 
- DNI del solicitante.
 
- Reconocimiento del grado de
     minusvalía del solicitante. 
 
- Documentación acreditativa de la
     situación económica del año 2.017 de todos los miembros de la unidad de
     convivencia, que consistirá en copia compulsada de la última declaración
     del IRPF de todos sus componentes, y/o en su caso, de no estar obligados a
     realizarla y obtener otros ingresos no incluidos en dicha declaración, o
     una declaración responsable de los ingresos obtenidos en el mencionado
     ejercicio.  
 
- El presupuesto o factura
     original.
 
- Certificado de empadronamiento
     colectivo de la unidad familiar con fecha 28 de Junio 2019.
 
- Certificado o resolución del
     grado de dependencia.
 
- Copia de la cartilla del banco o
     Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente a nombre de la
     persona solicitante, y en caso de minoría de edad, a nombre del tutor/a.
 
- Fotocopia compulsada del carnet
     de familia numerosa o autorización al órgano gestor.
 
- En su caso, fotocopia compulsada
     del DNI/NIE de la persona que convive con la solicitante y tuviera 65 o
     más años
 
.
- Informe Social, si se considera
     que el/la solicitante está en exclusión social.
 
- En la modalidad de adaptación del
     vehículo de motor, copia del permiso de conducir, y en caso de minoría de
     edad, a nombre del tutor/a.
 
- En la modalidad de adquisición y
     renovación de prótesis y órtesis, la correspondiente prescripción
     facultativa en el caso de que el presupuesto o factura aportada no fuera
     emitido por un médico odontólogo colegiado.
 
Plazo:
           El plazo para la presentación de solicitudes
en este Centro es desde el 28 de Junio al 17 de Julio de 2.019, ambos
inclusive.  La persona interesada deberá
solicitar  cita previa  dependiendo del lugar donde resida en:
·      
Delegación
Municipal del Barrio Bajo.
·      
Delegación  Municipal de Jédula.
Cuestiones a tener en cuenta:
-       
Cuestiones
a tener en cuenta: 
o  
No
se subvencionas limpiezas, curetajes, endodoncias, extracciones, obturación,
reconstrucción de un empaste, pulpotomia, raspajes, periodoncia.
o  
En
el caso de que la factura sea para prótesis dental y esté exenta de iva, debe
aparecer en dicha factura: “exenta de iva según el artículo 20.1.5. Ley 37/92).
o  
Debe
aparecer la forma de pago, en efectivo o transferencia bancaria, Así como
justificante de dicho pago en caso de no ser en efectivo. Si es financiado,
debe aportar la forma en la que se basa dicha financiación. 
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