miércoles, 15 de febrero de 2017

ASOCOES 2015 DERECHOS CIVILES INTENSIFICA SU CAMPAÑA SOBRE PENSIONES COMPENSATORIAS O DE ALIMENTOS EN SEPARACIONES CONFORME A LAS RESOLUCIONES JUDICIALES DICTADAS EN LOS ÚLTIMOS DÍAS


14 de febrero de 2017. Ayer tuvimos conocimiento de que el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cádiz ha dictado una sentencia por la que se establece que la relación de noviazgo es causa de extinción de la pensión compensatoria en caso de divorcio. Una sentencia pionera dado que estima la demanda que pedía dejar de abonar la compensación al considerar que ella había rehecho su vida con otra pareja.
El juez ha dado la razón entendiendo que la ex mujer mantenía con otra persona una relación afectiva, duradera y conocida por terceros aunque la misma no estuviese formalizada, lo que ha dado lugar a dejar sin efecto la pensión compensatoria establecida en su día a favor de ella.
Días atrás informábamos también que el Tribunal Supremo se pronunció favorablemente sobre la demanda que interpuso un padre de modificación de medidas solicitando reducir la pensión de alimentos en atención a que la actual pareja de la madre y el hijo común de ambos conviven en la vivienda familiar junto con sus hijos, cuyo uso fue atribuido a éstos.
Así, al beneficiarse en este caso la madre con su nueva familia de la ocupación, por uso atribuido a los hijos anteriores de la vivienda, propiedad por indiviso de ambos litigantes, ello debe tener también su transcendencia económica.
Ante estas resoluciones y, ante casos similares, ASOCOES 2015, asociación defensora de los derechos civiles de los ciudadanos, establece un sistema de asesoramiento con el fin de ayudar jurídicamente a quienes quieran plantear modificación de medidas para lo cual pueden ponerse en contacto con ASOCOES 2015 Derechos Civiles en el teléfono 655750588 o el correo electrónico asocoes2015@gmail.com para que nuestros abogados estudien cada caso concreto.
Para más información:
Miguel A. Ruiz: 655750588

Presidente

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