miércoles, 12 de octubre de 2016

En la ropa y calzado observa la etiqueta

En la ropa y calzado observa la etiqueta

El cambio de estación, tradicionalmente viene acompañado de la renovación del vestuario y del calzado. La bajada de las temperaturas y llegada de las primeras lluvias nos obligan a cambiar la ropa y los zapatos más ligeros por prendas más abrigadas y calzado más robusto, lo que hace que el inicio del otoño sea una época en la que se incrementan las compras de estos artículos.
Normalmente, cuando vamos a comprar ropa o zapatos lo primero en lo que nos fijamos es en la prenda o la forma del calzado y luego miramos el precio, sin embargo pocas veces en este primer contacto miramos su etiqueta. Ante esta circunstancia, desde AL-ANDALUS queremos recordarles a los consumidores que, como en cualquier producto, el etiquetado de los textiles y el calzado es un elemento muy importante, ya que les ayuda a conocer mejor el artículo que van a adquirir: informándole sobre su procedencia, las materias con las que ha sido elaborado e incluso la mejor forma de tratamiento y conservación.
Así pues, sobre el etiquetado de la ropa debemos saber que:
  • Los productos textiles que se pongan en el mercado tendrán que recoger en su etiqueta el nombre o razón social del fabricante, comerciante o importador y su domicilio.
  • En los productos textiles fabricados en España, el número de registro industrial del fabricante nacional.
  • En los productos textiles importados de países no pertenecientes a la UE, el número de identificación fiscal del importador.
  • Los comerciantes, tanto mayoristas como minoristas, podrán etiquetar los productos con marcas registradas, a las que deberán añadir los datos relativos a su nombre, razón social o denominación, y domicilio, así como el número de identificación fiscal. En este caso el comerciante será el responsable del producto y, por tanto, de todas las infracciones en las que pueda incurrir.
  • La composición del artículo textil.
  • En las prendas de confección y punto, a excepción de calcetería y medias, la etiqueta será de cualquier material resistente, preferentemente de naturaleza textil, irá cosida o fijada a la propia prenda de forma permanente y tendrá la misma vida útil.  
  • Cuando los productos textiles sean ofrecidos a la venta con una envoltura, el etiquetado deberá figurar además en ella, salvo que pueda verse claramente el etiquetado del producto.
  • Todas las indicaciones obligatorias deberán aparecer con caracteres claramente visibles y fácilmente legibles por el consumidor. Las denominaciones, calificativos y contenidos en fibras deberán indicarse con los mismos caracteres tipográficos.
  • Si un producto textil está formado por dos o varias partes que no tengan la misma composición, irá previsto de una etiqueta que indique el contenido en fibras de cada una de las partes.
  • Todos estos datos deberán figurar, al menos en español.
  • Contenido no obligatorio: Pese a su gran utilidad, no es obligatoria la inclusión en las etiquetas de las recomendaciones de tratamiento y conservación. Muchos fabricantes aportan estos datos para ayudar a los consumidores a evitar el deterioro de la prenda.
En cuanto al etiquetado del calzado, hay que saber que éste debe proporcionar información sobre las tres partes que constituyen este producto:
·       Empeine: Es la cara exterior del elemento estructural que va unido a la suela.
·       Forro y plantilla: Está formado por el forro del empeine y la plantilla, que constituyen el revestimiento interior del calzado
·       Suela: Es la parte inferior del calzado que va en contacto con el suelo.
La composición del calzado deberá indicarse, al menos en español, mediante     indicaciones textuales o pictogramas que designen materiales específicos empleados en cada parte con su símbolo correspondiente (cuero, cuero untado, textiles naturales y textiles sintéticos o no tejidos, u otros materiales).
El etiquetado deberá incluirse en al menos uno de los artículos de cada par del calzado, de manera impresa, pegado, estampado o mediante un soporte atado.
Este etiquetado deberá ser visible, encontrarse bien sujeto y ser accesible: las dimensiones de los pictogramas deberán ser suficientemente grandes para facilitar la comprensión de la información que contenga la etiqueta, de forma que no induzca a error al consumidor.   
Finalmente, en los puntos de venta al consumidor se expondrá en un lugar destacado, próximo a los artículos un cartel que explique el significado de los pictogramas que hacen referencia a las partes del calzado y los materiales de los que están fabricados. Este cartel deberá ser fácilmente visible y claramente legible por el consumidor.
Como siempre, recordarles que en la Federación AL-ANDALUS estamos a disposición de los consumidores que lo necesiten, para atender sus consultas y ayudarles con sus reclamaciones, a través de nuestro servicio de Asesoramiento, con el que pueden contactar por medio del teléfono 954 56 41 02, del correo electrónico asesoramiento@fed-alandalus.es y en la página web www.fed-alandalus.es


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