GAMBÍN FIRMA EL CONVENIO DE
LAS AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2.015
El alcalde se desplazó la
semana pasada a Cádiz para rubricar este acuerdo con la Consejería de Políticas
Sociales
El
alcalde de Arcos, Isidoro Gambín, se desplazó la semana pasada a Cádiz con el
objeto de firmar el convenio con la Junta de Andalucía por el cual el
Ayuntamiento es subvencionado con 17.751,84
euros, para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes
al ejercicio 2015, a través de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas
Sociales.
Esta
cuantía irá destinada a una población constituida por familias con menores a su
cargo, que carecen de recursos económicos suficientes para atender sus
necesidades básicas, especialmente de crianza, alimentación, higiene, vestido y
calzado. Por tanto, “se trata de unos destinatarios que ya son usuarios del
área de Servicios Sociales”, según aclara el delegado municipal, Diego Carrera.
Los
requisitos exigidos para ser beneficiarios de las ayudas son los siguientes:
1.-
Ser residentes en el término municipal.
2.-
Tener Insuficiencia de recursos económicos, para lo cual se tendrá en cuenta
como referencia el IPREM anual (12 pagas),
fijado, para el año 2015, en 6.390,13€.
3.-
Necesidades básicas del menor que deben ser cubiertas.
4.-Existencia
de disfunciones educativas y psico-sociales que puedan ser un riesgo para el
desarrollo integral del menor. Será requisito imprescindible, la existencia y
aceptación por parte de la familia de un Proyecto de Intervención Familiar.
5.-
La valoración de un pronóstico positivo sobre la resolución de la problemática
detectada.
Las
familias serán seleccionadas por los técnicos de Servicios Sociales entre
aquellas con las que se han trabajado durante el año 2015 y que cumplen las
condiciones estipuladas. Podrán recibir ayudas económicas dinerarias o en
especie, de carácter periódico o único, y se destinarán a la cobertura de
necesidades por el siguiente orden de prioridad:
1.
Necesidades básicas: adquisición de alimentos, ropa, calzado,
productos de aseo personal e higiene doméstica, provisión de leche de
continuidad, así como de medicamentos, que requerirán en todo caso de
prescripción médica.
2.
Pañales,
material escolar.
3. Excepcionalmente, alquiler,
suministros básicos de electricidad, gas y agua, así como adquisición de
mobiliario y enseres básicos.
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