La
Junta facilita los trámites administrativos para
el
movimiento de los équidos en Andalucía
La Orden publicada en BOJA persigue facilitar la relación del ganadero y
la Administración y potenciar el uso del Documento de Identificación Equina
La Consejería
de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden por la que se regula la ordenación
zootécnica y las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de
los équidos y de las explotaciones equinas, así como su inscripción en el
Registro de Explotaciones Ganaderas de la región.
Una de las
principales novedades que introduce la normativa se refiere al traslado de los
équidos, ya que se sustituye la guía de movimiento por un documento de
acompañamiento equino, que se puede obtener mediante la aplicación informática
GTA (Guía Telemática de Andalucía) o a través del Consejo de Colegios
Veterinarios de Andalucía.
Por otro lado,
la nueva Orden facilita el movimiento de los animales con Documentos de
Identificación Equina (DIE) en el interior de Andalucía. Esta identificación
ofrece libertad de movimiento en la Comunidad Autónoma andaluza durante 30 días
naturales a aquellos animales destinados a fines turísticos, recreativos,
culturales, de aprovechamiento de pastos o deportivos, así como a los équidos
que van a asistir a un concurso morfológico.
Otra novedad
que introduce esta normativa es la autorización del enterramiento de équidos
fallecidos siempre y cuando se respeten las directrices marcadas por la
normativa estatal vigente y atendiendo a las condiciones de bioseguridad
recogidas en la norma autonómica sobre retirada de cadáveres.
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