Recomendaciones de
Unión de Consumidores para alquilar un piso de estudiantes
Andalucía,
13 de agosto de 2014. Se
acerca el inicio del curso 2014-2015 y muchos estudiantes se apresuran a buscar
un alojamiento en el que pasar su nuevo año de formación. Estas fechas es
sinónimo de preparativos del año académico, y bien lo saben los estudiantes
foráneos que se tienen que desplazar de su domicilio habitual para cursar sus
estudios. El mercado de los pisos en alquiler para estudiantes está en plena
ebullición, por eso desde la Unión de Consumidores de Andalucía vamos a
desarrollar una serie de consejos para hacer esta tarea más sencilla y evitar
también los posibles problemas derivados que puedan surgir a la hora de
encontrar una vivienda de alquiler, tanto desde la perspectiva del inquilino
como desde la del propietario.
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Comparar
precios y calidades de los diferentes apartamentos ahora que el mercado lo
permite y se actúa con la antelación suficiente es fundamental para elegir la
mejor opción.
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Debemos
analizar bien la ubicación del inmueble que hayamos elegido. Son convenientes
los que están cerca de zonas de ocio, compras, transporte público, etc. frente
a otras opciones.
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Lo
principal es llegar a un acuerdo entre propietario e inquilino siempre con un
contrato por delante. Que todo quede reflejado por escrito te garantiza una
serie de derechos a los que acudir en caso de necesidad. Así mismo, niégate a
entregar una fianza o una mensualidad de la habitación o el piso sin que haya
de por medio un papel en el que se especifique el acuerdo, con DNI y firma, y
el recibo de la cantidad. Es la única forma de demostrar que el pago ha sido
efectuado.
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En
cuanto a la duración del contrato, la Ley de Arrendamientos Urbanos da libertad
total a las partes para pactar el tiempo que deseen que dure el acuerdo.
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La
fianza es uno de los asuntos que más suspicacias levanta. La Ley exige a los
propietarios depositar dos meses de fianza por ser un arrendamiento de uso
distinto al de la vivienda habitual, sin embargo no
muchos lo cumplen ya que
supone declarar al Estado que se está alquilando una vivienda y que reciben
unos ingresos, algo que la mayoría de propietarios prefiere ocultar para
eximirse de pagar los pertinentes impuestos.
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Si
en el alquiler del piso participa una agencia inmobiliaria el inquilino debe
tener en cuenta que tendrá que entregar la fianza más los honorarios de la
agencia. De estos honorarios deben realizarte la factura correspondiente para
acreditar el pago que se ha realizado.
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El
propietario del inmueble es responsable de las cosas que se rompan
(electrodomésticos, muebles, etc), excepto de aquellas que se estropeen por el
uso cotidiano (bombillas, vasos, platos, etc.). No obstante, al margen de lo
que establezca la legislación vigente y los usos cotidianos, este régimen de
responsabilidades debería quedar claramente especificado en el contrato.
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La
regla usual es que los gastos generales para el mantenimiento del piso los
pague el arrendador, salvo que se haya pactado lo contrario por contrato entre
inquilino y propietario. Lo que si tiene que abonar el arrendatario son los
derivados de los servicios que sean susceptibles de individualización, como el agua,
el gas, el teléfono, salvo que se pacte lo contrario igualmente en el contrato.
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Si
eres arrendatario, no te fíes de las fotos, sobre todo ahora que internet está
muy presente a la hora de buscar un piso. Y por supuesto, nunca alquiles una
vivienda sin antes haberla visto.
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Debe
constar antes de entrar en la vivienda un inventario de enseres,
electrodomésticos y mobiliario. De igual modo conviene revisar que todo
funciona correctamente y que está limpio, y posteriormente reflejarlo en el
contrato.
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En
el momento de abandonar el piso no te vayas sin testimonios gráficos, serán la
prueba del inquilino ante posibles problemas que pudieran surgir.
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En
caso de algún problema se debe hacer reclamación por escrito a la otra parte.
Hacerlo de forme fehaciente es fundamental para aportarlo como prueba ante
instancias posteriores.
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Si
quien te alquila es una agencia inmobiliaria, para efectuar las reclamaciones
pertinentes puedes solicitar la hoja de reclamaciones para tal fin.
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Finalmente,
la información previa evita buena parte de los problemas. En base a ello,
UCA-UCE pone a disposición de los interesados nuestros gabinetes jurídicos de
nuestra red de oficinas territoriales con el fin de atender las posibles
consultas que se puedan plantear.
Para más información:
Miguel A. Ruiz: 671 04 86 25
Vicepresidente
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