REBAJAS
Recomendaciones de Consumidores AL-ANDALUS para que nuestros derechos no se vean
“rebajados”
La
mayoría de establecimientos comerciales de Andalucía han colgado ya su cartel
de rebajas, por ello, para que nuestros derechos no se vean “rebajados”,
Consumidores AL-ANDALUS recuerda qué debemos saber ante este tipo de venta
promocional.
Tras la aprobación de una nueva
normativa a nivel estatal, los períodos habituales de venta en rebajas
desaparecen, de modo que los
comerciantes pueden efectuar este tipo de venta promocional a lo largo de todo
el año. De hecho, muchos
comercios andaluces han colgado su
cartel de “rebajas” mucho antes del 7 de enero.
Condiciones
generales de la venta en rebajas
· Si el establecimiento
admite devoluciones durante la temporada, debe también permitirlo en la venta
en rebajas.
· Si admite el pago con
tarjeta durante todo el año, en rebajas también debe de admitir este medio de
pago.
Información
y publicidad en rebajas
· El establecimiento debe
de disponer de existencias suficientes de productos en las condiciones
anunciadas.
· No puede anunciarse la
venta en rebajas cuando afecte a menos de la mitad de los productos o artículos
ofrecidos.
· Tanto en la publicidad
como en la información ofrecida a los consumidores se debe indicar claramente
la fecha de inicio y finalización de las rebajas.
Precios
· La reducción de los
precios debe figurar exhibiendo, junto al precio habitual sin superponerlo, el
precio rebajado del producto.
· Cuando se trate de una
reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con un anuncio
genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada
producto ofertado.
Disposición
de los productos rebajados
· Cuando las ventas en
rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los
rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.
· Cuando se efectúe al
mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldo o en liquidación,
deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios
dedicados a cada una de ellas.
Artículos
que no pueden ser vendidos en rebajas
· Los que estén
deteriorados por alguna causa, ya que estos son los considerados saldos.
· Los adquiridos
expresamente para esta finalidad.
· Los que no estuvieran
dispuestos en el establecimiento para la venta al consumidor final con 1 mes de
antelación a la fecha de inicio de la venta en rebaja.
Si compras
en un establecimiento que esté en rebajas no olvides…
·
Infórmate de la política de devolución del comercio:
si admite cambios o no, y que tipo de devolución, es decir, por otro artículo,
por el dinero o por un vale de compra. Toda esta información debe estar
suficientemente detallada mediante cartelería en el interior del
establecimiento o en el tique de compra, donde debe establecerse el plazo
máximo para devolver el producto. Ahora bien, si una vez realizada la compra se
detecta algún desperfecto en el artículo, el comercio tiene la obligación de
practicar la devolución.
·
Tienes derecho a exigir
un tique de compra
en el que figuren los datos del vendedor, el precio y el IVA. Solicítalo
siempre. Es un documento imprescindible ante posibles devoluciones, y sobre
todo, para poder tramitar cualquier reclamación.
·
Solicitar
la Hoja
de Quejas y Reclamaciones si crees que algún establecimiento no ha
respetado tus derechos como consumidor
Gabinete de Comunicación
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