miércoles, 15 de mayo de 2013

En la mañana de hoy ha tenido lugar en el Palacio de San Telmo de Sevilla la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, que ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:




·       Acuerdo por el que se autorizan las aportaciones para el fomento de la movilidad académica europea del alumnado universitario  y de las enseñanzas artísticas superiores, en el marco del Programa Erasmus
·       Acuerdo por el que se aprueba el Plan General de Inspección de la Administración de la Junta de Andalucía para el año 2013
·       Decreto por el que se determina el calendario de fiestas laborales de  la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014
·       Acuerdo por el que se resuelve el procedimiento sancionador contra un funcionario del Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias de la Junta






Las ayudas complementarias de la Junta a las becas Erasmus tendrán en cuenta el poder adquisitivo de los países de destino

El Gobierno andaluz introduce nuevos criterios de equidad para garantizar
la aportación autonómica tras los recortes estatales del 40% desde 2011


La Junta de Andalucía introducirá criterios de mayor equidad en la concesión de las ayudas complementarias que concede desde 2008 para complementar las becas Erasmus del alumnado universitario y de enseñanzas artísticas superiores. El Consejo de Gobierno ha aprobado la nueva regulación de esta prestación, cuya cuantía tendrá en cuenta a partir de ahora no sólo el poder adquisitivo de la persona beneficiaria sino también el coste de la vida del país de destino. 

La medida garantiza la continuidad de la aportación autonómica ante la reducción de la financiación por parte de la Administración central (más de un 40% acumulado desde 2011) y las dudas que recientemente ha planteado la Unión Europea sobre su apoyo al Programa Erasmus.

Las ayudas complementarias de la Junta han beneficiado desde su creación a 34.065 alumnos, con una inversión de 66,9 millones de euros. En el presupuesto andaluz de 2013, la aportación consignada para movilidad académica es de 15 millones, la misma cantidad que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte prevé para toda España.

De acuerdo con la nueva regulación, la determinación del poder adquisitivo de los países de destino tendrá como referencia los datos que sobre esta materia publica la Oficina Estadística de la Unión Europea, Eurostat, mientras que el mantenimiento de la modulación por el poder adquisitivo evita que la movilidad de los estudiantes se vea comprometida por falta de recursos económicos familiares.

El acuerdo del Consejo de Gobierno también posibilita la modificación de las  cuantías y el número de meses de estancia financiables en función de las disponibilidades presupuestarias en los sucesivos cursos académicos, independientemente de lo que se decida en los ámbitos estatal y europeo acerca del futuro de las becas.

La ayuda de la Junta es adicional a las aportaciones que fijan la Unión Europea y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Tiene carácter de anticipo, ya que su concesión definitiva está supeditada a la acreditación de su adecuado aprovechamiento por parte del correspondiente centro académico. Aunque en su origen el complemento iba solo dirigido a estudiantes universitarios, en 2010 se amplió el ámbito para incluir al alumnado de enseñanzas artísticas superiores, unas disciplinas que en el Espacio Europeo de Educación Superior se equiparan a los estudios universitarios.

Con el Programa Erasmus los alumnos pueden cursar estudios durante un periodo de tres a doce meses en una universidad o en un centro superior de cualquier país europeo participante, con reconocimiento pleno de la actividad académica desarrollada a través del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS). Las becas de esta iniciativa también se dirigen a mejorar el conocimiento de los idiomas de la Unión Europea, promover la cooperación y la movilidad en todos los ámbitos de la educación y fomentar la innovación en la enseñanza. Andalucía es actualmente la región europea que más alumnos exporta y recibe dentro del Programa Erasmus.

El Consejo de Gobierno aprueba el Plan General
de Inspección de la Junta para 2013

Personal, atención al ciudadano, simplificación de trámites
y control de ayudas y contratos, principales áreas


El Consejo de Gobierno ha aprobado el Plan General de Inspección de la Junta de Andalucía para 2013. Este instrumento de control prestará especial atención en el presente ejercicio al funcionamiento de las unidades de igualdad de género de las consejerías, el seguimiento de las medidas de simplificación de trámites y las actividades relativas a contratos públicos y registro de documentos.

La programación inspectora para 2013 se estructura en cinco áreas, tanto en la Administración General como en las entidades instrumentales: personal, atención a la ciudadanía, procedimiento, organización e implantación de la administración electrónica.

En el primero de estos ámbitos, la Inspección reforzará a su actividad en las entidades del sector público, mientras que en el área de procedimiento administrativo la prioridad se dirige a analizar las actuaciones para garantizar la efectividad del cobro de las sanciones pecuniarias. Asimismo, se seguirán desarrollando las medidas habituales de control de contrataciones, ayudas, subvenciones, y contratos; seguimiento de la respuesta a las reclamaciones y sugerencias de los ciudadanos, y vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre incompatibilidades de empleados públicos, condiciones de desarrollo profesional y absentismo laboral por incapacidad temporal, entre otras.

 El Plan de Inspección, elaborado por la Consejería de Hacienda y Administración Pública previa consulta a los diferentes departamentos de la Junta, es el principal instrumento que permite garantizar los principios de legalidad, eficacia y eficiencia en la Administración autonómica. Sus principales objetivos son mejorar la atención al ciudadano y fomentar su participación, apoyar los procesos de modernización de la gestión pública y facilitar el uso de las nuevas tecnologías en la prestación de servicios.

Aprobado el calendario de fiestas
laborales en Andalucía para 2014

A las doce festividades de ámbito nacional y autonómico
se añaden dos de carácter local a propuesta de cada municipio


El Consejo de Gobierno ha aprobado el calendario de fiestas laborales en Andalucía para el año 2014. De acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, se mantienen como fiestas de ámbito autonómico el 6 de enero, Reyes; el 28 de febrero, Día de Andalucía, y el 17 de abril, Jueves Santo.

De este modo, la relación queda como sigue:

1 de enero, miércoles
6 de enero, lunes
28 de febrero, viernes
17 de abril, jueves
18 de abril, viernes
1 de mayo, jueves
15 de agosto, viernes
13 de octubre, lunes
1 de noviembre, sábado
6 de diciembre, sábado
8 de diciembre, lunes
25 de diciembre, jueves

A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Todas ellas tienen carácter retribuido y no recuperable.

La Junta separa del servicio a un inspector médico por falsificar informes de incapacidad laboral para el cobro de pensiones

Los hechos, probados también por sentencia judicial, motivaron numerosas percepciones fraudulentas de prestaciones económicas en la Bahía de Cádiz


El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Salud y Bienestar Social, ha acordado sancionar con la separación del servicio a un funcionario del Cuerpo Superior Facultativo y del Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias de la Junta, F.C.P., por una infracción de carácter muy grave contra la normativa del régimen disciplinario de los empleados públicos (Real Decreto 33/1986).

Los hechos objeto de la sanción, fundamentalmente falsificación en los expedientes de incapacidad laboral para el reconocimiento fraudulento de pensiones, se produjeron entre los años 2000 y 2006 en la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades (UVMI) adscrita a la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Cádiz. En relación con los mismos, la Junta abrió un expediente sancionador que se paralizó en febrero de 2004, cuando se inició la vía judicial en la Audiencia Provincial, y que fue reanudado una vez que la sentencia de este órgano judicial fue confirmada en julio de 2012 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).

La sanción del Consejo de Gobierno se refiere a los mismos hechos declarados y probados por la sentencia penal, constitutivos de delitos de estafa y falsedad en documento oficial. De acuerdo con la doctrina del TS, la doble sanción penal y administrativa se justifica porque la condición de funcionario ha sido elemento imprescindible para la relevancia penal de su acción, y no sólo circunstancia agravante (en este último caso no procedería la duplicidad).

Tanto en el expediente administrativo como en las sentencias judiciales se constata que el inspector médico sancionado aprovechó su privilegiada situación para influir de forma determinante en el reconocimiento de prestaciones económicas de incapacidad laboral a personas que no reunían los requisitos legales. En colaboración con otro condenado en la misma causa penal, les ofrecía la obtención segura de una pensión a cambio de grandes sumas de dinero por la gestión fraudulenta de unos expedientes en los que se falseaba la situación médica real de los interesados. Asimismo, incluía informes médicos cuya falsedad conocía por haber instado él mismo su elaboración a terceros acusados que los emitían sin exploración alguna de los pacientes, además de llevar a cabo actividades de asesoramiento a los solicitantes para preparar lo que debían manifestar en sus comparecencias ante los tribunales médicos.

Como consecuencia de estos hechos, muchas personas percibieron indebidamente prestaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cádiz, San Fernando, Puerto Real y El Puerto de Santa María, ámbito en el que el inspector condenado ejercía su funciones profesionales.

La sanción de la separación del servicio está recogida por la normativa básica estatal únicamente para infracciones de carácter muy grave. Esta es la calificación que el artículo 6.d) del Real Decreto 33/1986 tipifica “la adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos”.



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