lunes, 25 de febrero de 2013

La reforma de la Ley de Tasas no garantiza el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, tal como establece la Constitución


La reforma de la Ley de Tasas no garantiza el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, tal como establece la Constitución


  • La reforma aprobada el viernes por el Consejo de Ministros es un “lavado de cara” que no resuelve el problema de fondo.
  • Consumidores AL-ANDALUS considera que la ausencia de interposición de un recurso de inconstitucionalidad ante la Ley de Tasas por parte de la Defensora del Pueblo, supone una grave dejación de funciones.

A juicio de Consumidores AL-ANDALUS, la reforma de la Ley de Tasas aprobada el viernes por el Consejo de Ministros, no resuelve el fondo del problema: garantizar el acceso a la justicia en igualdad de condiciones, tal como establece la Constitución.
Para esta Federación, la Ley de Tasas constituye “un veto sin precedentes” en el derecho de acceso a la justicia de millones de consumidores y usuarios y “vacía de contenido el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24.1 de nuestra Carta Magna y artículo 6 del Convenio Europeo”.
Por eso, la reforma, es solo un “lavado de cara”, en la medida en que se limita a modificar las cuantías en solo algunos casos (dejando fuera la apelación ante la Audiencia Provincial o el recurso al Tribunal Supremo).
Por ejemplo, ante una sentencia en primera instancia desfavorable, apelar supondrá al ciudadano 800 euros y recurrir al Supremo, 1.200 euros: unas cantidades que suponen un esfuerzo desproporcionado según quién sea el demandante. Es más que probable, según estima Consumidores AL-ANDALUS, que estas cantidades supongan un injusto efecto disuasorio para los ciudadanos que reclaman, pero no así para las empresas quien, de este modo, obtiene ventajas en el proceso judicial.
Además, CEACCU, Confederación nacional donde se encuentra integrada Al-ANDALUS, ve especialmente grave la postura de la Defensora del Pueblo quien, tras recibir más de 4000 solicitudes para la interposición de recurso de inconstitucionalidad, y reconocer que, con estas tasas ”existe un alto riesgo de que pudieran ser lesivas al derecho al acceso a la justicia en casos individualizados", finalmente ha desoído la petición popular, limitándose a emitir meras recomendaciones al Ministro de Justicia.
Esta falta de sensibilidad social y respuesta de la institución del Defensor del Pueblo ante las demandas de los principales agentes sociales y su absoluto margen de discrecionalidad inconexo con el clamor popular, evidencian, a juicio de CEACCU, “la necesidad de una honda reforma de la Institución que la convierta en un contrapeso efectivo de los derechos de los ciudadanos ajena a la consideración de apéndice de cualquier poder político”. 

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